Circular 020 de Superintendencia Financiera, de 1 de Julio de 2014
( Julio 01 )
Señores
REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE LOS FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTIAS Y DEL FONDO NACIONAL DEL AHORRO.
Referencia: Instrucciones en materia de contabilización de los recursos de ahorro voluntario de cesantías para el Mecanismo de Protección al Cesante y reporte de información relacionada con dichos recursos y con los que se trasladan al Mecanismo del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos -BEPS-.
Apreciados señores:
Este Despacho, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, y en atención a lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 135 de 2014, considera necesario impartir las siguientes instrucciones:
Primera: Precisar a las Sociedades Administradoras de los Fondos de Pensiones y de Cesantías y al Fondo Nacional del Ahorro que deberán contabilizar de manera independiente en la contabilidad de cada uno de los fondos, a nivel auxiliar, los recursos para el ahorro voluntario que los trabajadores, dependientes e independientes y retirados, destinan de sus cesantías para acceder al Mecanismo de Protección al Cesante.
Lo anterior deberá efectuarse durante el presente ejercicio. A partir del 1 de enero de 2015, dicha contabilización se realizará de acuerdo con el marco técnico normativo de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, contenido en el anexo del Decreto 2784 de 2012 que corresponda a tales entidades.
Segunda: Modificar los Formatos 136 (Proforma F.6000-03) “Valoración de los Tipos de Fondos de Pensiones Obligatorias y Portafolios de Corto y Largo Plazo del Fondo de Cesantías” y 197 (Proforma F.6000-06) “Movimiento de Afiliados y Traslados Recibidos por los Fondos de Cesantías” y sus correspondientes instructivos, para que las Sociedades Administradoras de los Fondos de Pensiones y de Cesantías realicen el reporte desagregado de la información relacionada con los recursos de ahorro voluntario del Mecanismo de Protección al Cesante y el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos - BEPS.
Tercera: Adicionar al Anexo I de la Circular Básica Contable y Financiera la Proforma F.1000-135 “Reporte de información Mecanismo de Protección al Cesante Fondo Nacional del Ahorro” junto con su correspondiente instructivo, en el cual se...
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