DECRETO 135 RD 6048
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 6048 30 MARZO 2017 |
Emisor | Alcaldia Mayor |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6048 • pP. 1-46 • 2017 • marzo • 30
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ANEXO No. 6
Decreto Número 135
(Marzo 30 de 2017)
“Por medio del cual se modifica el Decreto
Distrital 035 de 2015, que adoptó el Protocolo
de Participación Efectiva de las Víctimas del
Conflicto Armado para Bogotá D.C.”
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E.)
En uso de sus facultades constitucionales
y legales, en especial las conferidas por
los numerales 1º y 3º del artículo 315 de la
Constitución Política, el artículo 2.2.9.1.2.
del Decreto Nacional 1084 de 2015, y por los
artículos 6, 35 y los numerales 1, 3, 4 y 95 del
artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Constitución Política de Co-
lombia establece como uno de los nes del Estado,
facilitar la participación de todos los habitantes en
las decisiones que los afectan en la vida económica,
política, administrativa y cultural de la Nación.
Que el artículo 13 de la Constitución Política establece
que: “Todas las personas nacen libres e iguales ante la
ley, recibirán la misma protección y trato de las autori-
dades y gozarán de los mismos derechos, libertades
y oportunidades sin ninguna discriminación por razo-
nes de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua,
religión, opinión política o losóca. (…) El Estado
promoverá las condiciones para que la igualdad sea
real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos
discriminados o marginados”.
Que el artículo 103 de la Constitución Política en
su inciso nal establece que “El Estado contribuirá
a la organización, promoción y capacitación de las
asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, co-
munitarias, juveniles, benécas o de utilidad común
no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía
con el objeto de que constituyan mecanismos demo-
cráticos de representación en las diferentes instancias
de participación, concertación, control y vigilancia de
la gestión pública que se establezcan”.
Que el artículo 42 del Acuerdo Distrital 257 de 2006,
mediante el cual se estableció la estructura organi-
zacional de las entidades y organismos del Distrito
Capital, insta a la Administración a promover “... la
participación ciudadana en cada una de las etapas
de la gestión pública, fortaleciendo los espacios de
interlocución Gobierno - ciudadanía e impulsando la
concertación entre las aspiraciones ciudadanas y las
iniciativas de las entidades distritales.”.
crea y estructura el Sistema Distrital de Participación
Ciudadana en el Distrito Capital, dene los mecanis-
mos de articulación entre la administración distrital,
las instancias y mecanismos de participación y las
organizaciones sociales y comunitarias y redes, con el
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