DECRETO 189 RD 5825
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5825 29 ABRIL 2016 |
Emisor | ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D. C. |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5825 • pP. 1-3 • 2016 • ABRIL • 29
ARTÍCULO 4º.- El presente nombramiento cuenta con
la apropiación presupuestal suciente para respaldar
las obligaciones por concepto de servicios personales y
aportes patronales durante la vigencia scal en curso,
de acuerdo con la certicación expedida por el Director
Financiero de la Secretaría Distrital de Gobierno.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de abril de dos mil dieciséis (2016).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
MIGUEL URIBE TURBAY
Secretario Distrital de Gobierno
Decreto Número 189
(Abril 28 de 2016)
“Por medio del cual se hace un nombramiento”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas por el Artículo 84 del Decreto Ley
1421 de 1993 y el Decreto 1083 de 2015
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Nombrar al doctor JULIÁN RODRIGO
BERNAL BALMES, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 79.786.980, en el cargo de Alcalde
Local, Código 030 Grado 05 de la Alcaldía Local de
Teusaquillo.
ARTÍCULO 2°.- Noticar al doctor JULIÁN RODRIGO
BERNAL BALMES, el contenido del presente Decreto,
a través de la Subdirección de Gestión Documental de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C.
ARTÍCULO 3°.- Comunicar a la Secretaría Distrital de
Gobierno y a la Subdirección de Talento Humano de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., el contenido del presente Decreto, a través de
la Subdirección de Gestión Documental de la misma
Secretaría.
ARTÍCULO 4º.- El presente nombramiento cuenta con
la apropiación presupuestal suciente para respaldar
las obligaciones por concepto de servicios personales y
aportes patronales durante la vigencia scal en curso,
de acuerdo con la certicación expedida por el Director
Financiero de la Secretaría Distrital de Gobierno.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de abril de dos mil dieciséis (2016).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
MIGUEL URIBE TURBAY
Secretario Distrital de Gobierno
Decreto Número 201
(Abril 29 de 2016)
“Por el cual se adopta una medida de seguridad
para preservar y proteger el orden público en
la ciudad de Bogotá, D.C., con motivo de la
celebración del Día Internacional del Trabajo, el
domingo 1º de mayo de 2016”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial las conferidas por los artículos 35 y
38 numeral 2º del Decreto Ley 1421 de 1993,
el subliteral c) del numeral 2 del literal B) del
artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado por
el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que las autoridades de la República están institui-
das para proteger a todas las personas residentes
en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias
y demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de
los particulares, de conformidad con el artículo 2° de
Que corresponde al Alcalde Mayor, como Primera
Autoridad de Policía en la ciudad, adoptar las medi-
das y utilizar los medios de policía necesarios para
garantizar la seguridad ciudadana y la protección de
los derechos y libertades públicas, al tenor del artículo
35 del Decreto Ley 1421 de 1993.
Que el subliteral c) del numeral 2° del literal B) del
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