DECRETO 001 RD 5040 - 9 de Enero de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 434903362

DECRETO 001 RD 5040

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5040 9 ENERO 2013
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5040 • pP. 1-1 • 2013 • ENERO 9
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 47
Número 5040
2013 ENERO 9
DECRETOS DE 2013
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA D.C.
Decreto Número 001
(Enero 3 de 2013)
“Por medio del cual establece la Estructura Or-
ganizacional y funciones de la Secretaría Distrital
de la Mujer y se dictan otras disposiciones”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E.)
En uso de sus facultades constitucionales y le-
gales, en especial las previstas en los numerales
3, 4 y 6 del artículo 38, y literal 2 del artículo 55
del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo 490 del 28 de junio de 2012
del Concejo de la ciudad, publicado en el Registro
Distrital 4919 del 3 de julio de 2012, se creó el Sector
Administrativo de las Mujeres y la Secretaría Distrital
de la Mujer.
Que el artículo 8 ibídem determinó que “la estructura
administrativa de la Secretaría creada por el presente
Acuerdo se perfeccionará en un plazo máximo de seis
(6) meses, contados a partir de la vigencia del mismo”.
Que mediante el ocio DIR 2013 –E-E-013 del 03 de
enero de 2013, el Departamento Administrativo del Ser-
vicio Civil Distrital, emitió Concepto Técnico favorable
para la expedición de la Estructura Organizacional de
la Secretaría Distrital de la Mujer.
Que conforme al numeral 6º del artículo 38 del Decreto
Ley 1421 de 1993 – Estatuto Orgánico de Bogotá, es
función del Alcalde Mayor, distribuir los negocios según
su naturaleza entre la Secretarias, Departamentos
Administrativos y las entidades descentralizadas, por
lo que tiene la competencia para la expedición del
presente Decreto.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
CAPÍTULO I
DE LA NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONES
GENERALES
ARTÍCULO 1º.- NATURALEZA. La Secretaría Distrital
de la Mujer, perteneciente al Sector Administrativo
Mujeres es un organismo del Sector Central con au-
tonomía administrativa y nanciera.
ARTÍCULO 2º.- OBJETO. La Secretaría Distrital de
la Mujer, tiene por objeto, liderar, dirigir, coordinar,
articular y ejecutar las etapas de diseño, formulación,
implementación, seguimiento y evaluación de políticas
públicas para las mujeres a través de la coordinación
intra e intertersectorial, territorial y poblacional de éstas
políticas públicas, así como de los planes, programas y
proyectos que le corresponda para el reconocimiento,
garantía y restitución de los derechos y el fomento de
las capacidades y oportunidades de las mujeres.
ARTÍCULO 3º.- FUNCIONES. La Secretaría Distrital
de la Mujer, tendrá las siguientes funciones básicas.
a. Actuar como ente rector del Sector Mu-
jeres en el Distrito Capital, y en especial,
liderar y orientar, mediante las directrices
del Alcalde o Alcaldesa Mayor y de los
Consejos Superiores de la Administración
Distrital, las etapas de diseño, formulación,
ejecución, seguimiento y evaluación de las
políticas generales, estrategias, planes,
programas y proyectos del Sector.
b. Promover la eliminación de cualquier for-
ma de discriminación de sexo-racismo y

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