DECRETO 459 RD 5714 - 13 de Noviembre de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 588056482

DECRETO 459 RD 5714

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5714 13 NOVIEMBRE 2015
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5714 • pP. 1-2 • 2015 • NOVIEMBRE 13
2
En 1974, aun manteniendo su condición de extranjero
y pudiendo eximirse de sus responsabilidades patrióti-
cas, se presentó voluntariamente en el servicio militar
general, siendo ubicado en la unidad militar 3075,
donde pasó un curso de conductor de tanques.
A principios de 1977, después de culminar el servicio
militar, se le propuso y aceptó el cumplimiento de una
misión internacionalista en la República Popular de
Angola, pasando un entrenamiento como conductor
de tanques. Durante la misión fue designado jefe del
claustro de profesores que impartían clases a soldados
y a ociales para elevar su nivel cultural.
Fue secretario del comité de la juventud, participando
en un curso de dirigentes de la juventud y en otro
de zapadores, obteniendo el primer expediente en
ambos cursos, en marzo de 1979 culmina su misión
internacionalista, siendo condecorado con la medalla
Combatiente Internacionalista, posteriormente realiza
estudios en la escuela de aviación “Carlos Ulloa”, en
San Julián, Pinar del Río, graduándose como piloto.
En 1982 la Sociedad de Educación Patriótico-Militar
(SEPMI), lo acepta como trabajador y le encomienda
la tarea de formar pilotos para las Fuerzas Armadas
Revolucionarias. En dicha institución ocupó cargos
como instructor de vuelo y dirigente del comité de base
de la juventud hasta 1985, en que es designado jefe
de escuadrilla de la base de San Nicolás de Bari y jefe
de la sección de aeronáutica deportiva.
En 1990 es aceptado en las las del Partido Comunista
de Cuba. A nales de ese año, parte hacia Estados
Unidos; en Miami logra acceso a diferentes organiza-
ciones contrarrevolucionarias que utilizan el territorio
norteamericano para organizar y realizar acciones
terroristas y provocaciones constantes en contra de
Cuba, con el propósito de desatar una confrontación
militar entre ambas naciones.
Su vida en ese país se desarrolló bajo condiciones de
austeridad y sacricio, teniendo como única fuente de
ingreso personal su trabajo como instructor de pilotos,
en enero de 1997, su esposa, OIga Salanueva Arango
viaja a Estados Unidos para unirse a su esposo, acom-
pañada de su hija mayor Irma González Salanueva.
Fue detenido el 12 de septiembre de 1998 y conde-
nado injustamente a 15 años de prisión, los cuales
cumplió íntegramente. El 7 de octubre del 2011 salió
de prisión, y continuó su lucha por la libertad de sus
cuatro hermanos cubanos. Una vez en Cuba continúa
su compromiso con la vida, la dignidad y la libertad de
Pueblo Cubano.
Actualmente es portavoz del pueblo y del gobierno
de Cuba para agradecer la solidaridad mundial con la
causa de los CINCO (5) que contribuyó a su libertad
y, a la lucha contra el bloqueo económico.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase la Orden Civil al Mérito
“Ciudad de Bogotá” en el Grado de Gran Ocial al
Honorable señor RENÉ GONZÁLEZ SEHWERERT.
ARTÍCULO 2°.- En ceremonia especial el Alcalde Ma-
yor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración
y copia del decreto en nota de estilo.
ARTÍCULO 3°.- El presente decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del
mes de noviembre de dos mil quince (2015).
GUSTAVO PETRO U.
Alcalde Mayor - Gran Maestre
GLORlA INES FLÓREZ SCHNEIDER
Secretaria Distrital de Gobierno - Gran Canciller
Decreto Número 459
(Noviembre 11 de 2015)
“Por el cual se reglamenta el Acuerdo No. 595
de 2015 del Concejo de Bogotá y se dictan otras
disposiciones”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de las atribuciones constitucionales
y legales; en especial las conferidas por los
artículos 315, numeral 1 de la Constitución
Política; el artículo 38, numerales 1, 3 y 4 del
Decreto - Ley 1421 de 1993, y el artículo 3 del
Acuerdo Distrital 595 de 2015, y,
CONSIDERANDO:
Que dentro los nes esenciales del Estado se en-
cuentran los de servir a la comunidad, promover la
prosperidad general, garantizar la efectividad de los
principios, derechos y deberes, facilitar la participación
de todos en las decisiones que los afectan, asegurar
la convivencia pacíca y la vigencia de un orden justo.
Que en concordancia con los artículos 2 y 209 de la
Constitución Política, las autoridades están instituidas

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR