DECRETO 699 RD 6220 - 20 de Diciembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 699512305

DECRETO 699 RD 6220

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6220 20 DICIEMBRE 2017
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6220 • pP. 1-1 • 2017 • DICIEMBRE 20
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Diciembre 19 de 2017)
“Por medio del cual se corrige la cartografía del
sector normativo 3 de la Unidad de Planeamiento
Zonal (UPZ) No. 10 La Uribe, adoptada mediante
el Decreto Distrital No. 613 del 29 de diciembre
de 2006, ubicada en la Localidad de Usaquén”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las conferidas por el numeral 4° del
artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y los
artículos 334 y 426 del Decreto Distrital 190 de
2004, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 334 del Decreto Distrital 190 de 2004,
dene el procedimiento para la expedición de la norma
especíca de los sectores normativos e indica que con
base en ellos, los decretos que adopten las chas re-
glamentarias podrán precisar y ajustar en el marco de
cada UPZ, las condiciones especícas de aplicación y
cobertura del régimen de usos y tratamientos previstos
a nivel general en el POT.
Que el artículo 426, ídem, establece que la cha nor-
mativa es un instrumento de carácter reglamentario
mediante el cual se establecen las normas urbanísti-
cas para determinados sectores de la ciudad donde
conuyen un tratamiento urbanístico con un área de
actividad.
Que mediante el Decreto Distrital 613 de 2006 se
reglamentó la Unidad de Planeamiento Zonal, No. 10
La Uribe, ubicada en la Localidad de Usaquén, según
las disposiciones del Decreto Distrital 190 de 2004 y
se adoptaron como parte integral las Planchas 1, 2 y
3 que contienen las chas reglamentarias y planos
correspondientes de la citada UPZ.
Que mediante radicado SDP No. 1-2015-26946 del 15
de mayo de 2015, se solicitó a la Secretaría Distrital
de Planeación información respecto de las normas de
uso y edicabilidad que le son aplicables al predio con
nomenclatura CL 175 22 10.
Que vericado el sector normativo 3, subsector de
edicabilidad G, subsector de usos VII en la plancha 1
de 3 “ESTRUCTURA BASICA SECTORES NORMATI-
VOS” - “ESTRUCTURA AMBIENTAL Y DE ESPACIO
PUBLICO” una parte del predio con nomenclatura CL
175 22 10 se encuentra identicada como parque ve-
cinal y en las planchas 2 de 3 “USOS PERMITIDOS”
y 3 de 3 “EDIFICABILIDAD” en la parte gráca, se
señaló una parte del predio CL 175 22 10 como suelo
de protección.
Que la Dirección de Planes Parciales por medio de la
radicación SDP No. 3-2015-07469 del 2 de junio de
2015 informó que:
“(…) vericada la Base de Datos Geográca Corpo-
rativa, el archivo de la SDP, el decreto de la UPZ, los
demás planos de la UPZ y los Mapas del Decreto Dis-
trital 190 de 2004; no se identicó que en ningún (Sic)
otro documento se haya señalada (Sic) tal área como
Suelo Protegido. Lo que se encontró es que dicha área
corresponde a la zona de cesión de la Urbanización
“CONDOMINIO TAMESIS”, la cual no se desarrolló y
que no tiene condición de suelo protegido como tam-
poco de espacio público. Por lo tanto, asumimos que el
señalamiento mencionado responde a una imprecisión
cartográca (…)”.
Que con el n de determinar si la zona de suelo de
protección y parque vecinal señalada en el predio iden-
ticado con nomenclatura CL 175 22 10 efectivamente
DECRETOS DE 2017
AÑO 51
Número 6220
2017 DICIEMBRE 20
REGISTRO
DISTRITAL

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