DECRETO LOCAL 2969 - 16 de Octubre de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448967462

DECRETO LOCAL 2969

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2969 16 OCTUBRE 2003
EmisorAlcaldia Local de Ciudad Bolivar
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 37 • Número 2969 • pP. 1-4 • 2003 OCTUBRE 16
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ARTÍCULO TERCERO.- Aquellos vehículos que antes
de diciembre de 2000 hayan realizado el proceso de
desintegración en una entidad desintegradora diferente
a el GRUPO SIDERÚRGICO-DIACO S.A, solo podrán
realizar el respectivo trámite de cancelación de matrí-
cula por desintegración física del vehículo hasta el 20
de octubre de 2003.
ARTÍCULO CUARTO.- Copia de la presente resolución
deberá ser enviada al concesionario de tramites-SETT,
a la inteventoría de la concesión y a las Subsecreta-
rías Jurídica y Operativa de la Secretaría de Tránsito y
Transporte de Bogotá D.C.
ARTÍCULO QUINTO.- La presente resolución rige a
partir de su publicación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes
de Octubre de 2003
JAVIER ALBERTO HERNÁNDEZ LÓPEZ
Secretario de Tránsito y Transporte de Bogotá D.C.
ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
Decreto Local Número 004
(Octubre 7 de 2003)
Por el cual se efectúa una modificación en el
presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de
Ciudad Bolívar para la vigencia del año 2003
EL ALCALDE LOCAL (E) DE CIUDAD BOLÍVAR
En ejercicio de sus atribuciones legales conferidas
por el Decreto Ley 1421, y en especial los arts. 31
CONSIDERANDO:
1- Que de conformidad con lo dispuesto con el artículo
76 del Decreto Ley 1421 de 1993 el Alcalde Local pue-
de presentar anteproyectos de acuerdos locales.
2- Que de acuerdo al artículo 32 del Decreto 1139/2000
toda adición al presupuesto deberá contar con concep-
to previo del CONFIS y aprobación de la Junta Admi-
nistradora Local.
3- Que de acuerdo al artículo 30 del Decreto 1139 de
2000, el CONFIS hará la distribución correspondiente a
excedentes Financieros de las localidades.
4- Que según el art. 33 del Decreto 1139 de 2000 -
traslados presupuestales "el Alcalde Local presentará
a la JAL correspondiente, proyectos de acuerdo so-
bre traslados presupuestales que modifique las cuan-
tías aprobadas por la JAL. Estos traslados que afec-
tan la apropiación de los programas, requieren con-
cepto previo del CONFIS, cuando la cuantía sea
igual u superior 200 salarios mínimos legales men-
suales, los inferiores a dicho monto no requerirán con-
cepto del CONFIS, pero si concepto previo de la Se-
cretaría de Hacienda - Dirección de presupuesto.
5- Que dando cumplimiento al numeral 3 de la circular
21 de 2002 "De acuerdo con el resultado del estado
de Tesorería a 31 de diciembre de 2002 y con el
monto de las obligaciones por pagar constituidas al
cierre de la vigencia, se deberán efectuar los ajustes
a presupuesto de la vigencia, en la disponibilidad
inicial transferencias vigencia anterior y obligaciones
por pagar.
6- Que es necesario efectuar los ajustes presupues-
tas en la Disponibilidad Inicial, transferencias vigen-
cias anteriores y obligaciones por pagar, Reservas
Presupuéstales y Pasivos Exigibles, ya que existen
diferencias entre las obligaciones por pagar presu-
puestadas y las constituidas para la vigencia 2003.
7- Que a 31 de diciembre de 2003, la localidad refleja
una Disponibilidad final por la suma de CUATRO MIL
CIENTO VEINTIÚN MILLONES OCHOCIENTOS SEIS
MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS CON
15/100 ($4.121.80'6.733.15) MCTE
8- Que en reunión No. 6 del 15 de abril de 2003, el
CONFIS reasignó el 100% de los excedentes finan-
cieros liquidados por el Fondo de Desarrollo Local
de Ciudad Bolívar a 31 de diciembre de 2002, los
cuales deben ser incorporados en el Presupuesto de
Ingresos y Gastos de la vigencia 2003.
9- Que la JAL en su acuerdo Local No. 002 del 26 de
junio de 2003 omitió la adición de Ingresos de disponi-
bilidad inicial y transferencias por valor de MIL QUI-
NIENTOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS
SETENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE
PESOS CON 78/100 ($1.527.572.187.78) M/CTE.
10- Que es necesario Ingresar estos recursos dentro
del presupuesto de Rentas de la vigencia de 2003.
11- Que la JAL en el Acuerdo Local No. 002 Considera-
ción 12 afirma "Que la Alcaldía Local no aporto la
información suficiente que justificara la inversión de MIL
QUINIENTOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS
DECRETO LOCAL DE 2003

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