DECRETO LOCAL 015 RD 4776
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4776 21 NOVIEMBRE 2011 |
Emisor | Alcaldia Local de Fontibon |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4776 • pP. 1-12 • 2011 • NOVIEMBRE • 21
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Técnica de Desarrollo Humano. Cuando la rotación
del personal lo amerite, el reporte deberá hacerse
mensualmente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Compensatorios. El reco-
nocimiento o remuneración de compensatorios se
sujetará estrictamente a lo dispuesto en las normas
vigentes sobre la materia y estarán sustentados en
las medidas de austeridad dispuestas en la Circular
12 de 2011, expedida por la Alcaldía Mayor Bogotá.
ARTÍCULO TERCERO.- Sistema de Control. Para
efecto de la vericación del horario se establece como
mecanismo de control, el registro de la huella en el
sistema biométrico correspondiente; en las sedes
donde dicho sistema no se encuentre implementado,
la vericación se realizará por medio de planillas de
asistencia.
ARTÍCULO CUARTO.- Obligación del Registro. Es
obligación de los funcionarios del Instituto registrarse
diariamente en el sistema de control correspondiente.
PARÁGRAFO. Es deber de todo funcionario registrar
en la planilla de control de horarios para personal de
planta, las novedades que puedan presentarse en la
marcación de control de horario, especicando entre
otros, el tipo de novedad (Capacitación, Cita Médica,
Enfermedad, Calamidad Doméstica, Personal u Otro),
la cual deberá ser avalada por el Jefe inmediato; en el
caso del sistema biométrico de huella, la novedades
deben ser presentadas por escrito e igualmente ava-
ladas por el Jefe Inmediato.
Las planillas diligenciadas, al igual que los reportes
de novedades, deberán ser remitidas por los Jefes
Inmediatos a la Subdirección Técnica de Desarrollo
Humano, dentro de los cinco (5) primeros días de cada
mes, para lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO.- Porte del carné. El carné de
identicación de los funcionarios debe ser portado obli-
gatoriamente por los mismos durante la jornada laboral.
ARTÍCULO SEXTO.- La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga las re-
soluciones que la anteceden sobre el asunto y que le
sean contrarias
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
-
Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del
mes de septiembre de dos mil once (2011).
P. LUIS FERNANDO VELANDIA URREGO S.D.B
Director General
ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN
Decreto Local Número 015
(Noviembre 17 de 2011)
“Por el cual se realiza un Traslado Presupuestal
dentro de los Gastos de inversión del Fondo de
Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia
scal de 2011”
LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales y en especial las que le conere el De-
creto 372 de 2010, en especial el artículo 31 del
mismo decreto y
CONSIDERANDO:
Que el Articulo 31 del Decreto 372 de 2010 en su
numeral 1 indica: “…Los traslados presupuestales
dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto
expedido por el Alcalde Local. Estos actos administra-
tivos requerirán para su validez del concepto previo
favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Di-
rección Distrital de Presupuesto.
Que la Alcaldesa Local de Fontibón mediante ocio Nº
20110920129631 solicito al Secretario de planeación
de la inversión, el concepto sobre el tramite viable y
legal para la realización del traslado presupuestal. Y
mediante ocio No.20110920129621 solicita el con-
cepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de
Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto
Que dentro del agregado de gastos de Inversión exis-
ten rubros de los cuales sobran recursos debido a que
ya se efectuó la totalidad de contratación y estos
saldos no se requieren y se pueden trasladar con el
n de optimizar la inversión
Que el traslado presupuestal cuenta con recursos se-
gún consta en los certicados de disponibilidad presu-
puestal Nº 789-793-794-791 Y 795 DEL 27 OCTUBRE
DE 2011 por valor de CIENTO SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIEN-
TOS PESOS ($107.414.400) M/CTE.
Que es necesario realizar adición al proyecto 628 deno-
minado Garantizar el funcionamiento de la administra-
ción local., teniendo en cuenta que dicho rubro quedó
programado con un monto menor en la vigencia 2011
con relación a la vigencia 2010 y se hace necesario
realizar la adición de los contratos de Prestación de
DECRETO LOCAL DE 2011
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