DECRETO LOCAL 006 RD 3020 - 5 de Enero de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448650290

DECRETO LOCAL 006 RD 3020

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3020 5 ENERO 2004
EmisorAlcaldia Local de San Cristobal
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3020 • pP. 1-43 • 2004 ENERO 5 4343
4343
43
Decreto Local Número 002
(Enero 5 de 2004)
Por el cual se otorga la "Distinción Cívica Alcaldía
Rafael Uribe Uribe" a un miembro ejemplar de la
Policía Nacional.
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que es deber de la administración Local estimular y
hacer merecidos reconocimientos a las personas que
por su labor, dedicación y empeño han contribuido al
desarrollo de la localidad.
Que el Subteniente ORTIZ GUEVARA GUSTAVO se
ha destacado como ciudadano ejemplar y ha trabajado
desinteresadamente para gran beneficio de la Comuni-
dad de la Localidad Rafael Uribe Uribe, el Distrito Capi-
tal y la Patria.
Que es deber del Alcalde Local rendir homenaje a tan
destacado miembro de la Policía Nacional
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Otórguese la Distinción Cívi-
ca Alcaldía Local Rafael Uribe Uribe al:
Subteniente ORTIZ GUEVARA GUSTAVO
ARTICULO SEGUNDO.- En acto especial el Alcalde
Local hará entrega de esta condecoración y copia del
presente Decreto en nota de estilo.
ARTICULO TERCERO.- Compúlsese copia de la pre-
sente, a la hoja de vida del condecorado, a su inmedia-
to superior con el fin de que se surta los efectos lega-
les.
ARTICULO CUARTO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su expedición.
NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C. el 5 de Enero de 2004
ALVARO ACEVEDO LEGUIZAMON
Alcalde Local
ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL
Decreto Local Número 006
(Diciembre 19 de 2003)
Por el cual se repite el presupuesto general de
ingresos, gastos e inversion del fondo de desarro-
llo local de san cristobal para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero al 31 de
diciembre de 2004.
EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL
En uso de sus atribuciones legales en especial las
conferidas por el articulo 85 de Decreto 1421 del 21
de julio de 1.993 y el articulo 20 y parágrafo del
CONSIDERANDO:
1- Que la Administración Local, con el oficio PTO - 311
radicado el 2 de Diciembre /2003, presentó dentro de
los términos contemplados en el articulo 16 del Decre-
to 1139 de 2.000, a la Junta Administradora Local el
anteproyecto de presupuestó, previo concepto del
CONFIS y demás exigidos por el articulo 16 del Decre-
to 1139/2000.
2- Que La Junta Administradora Local de San Cristóbal
no aprobó el presupuesto, según mensaje escrito radi-
cado bajo el numero 9557 el 15 de diciembre de 2.003,
en el despacho.
3- Que de conformidad con el Decreto 111 de Enero 15
de 1.996, estatuto orgánico de presupuesto, el decreto
714, estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, en su
articulo 48, reglamentan el proceso presupuestal y en
especial el Decreto 1139 de Diciembre 29 de 2.000,
donde se reglamenta el proceso presupuestal para los
Fondo de de Desarrollo.
4- Que el articulo 20 del Decreto 1139 de 2000 - PA-
RAGRAFO; Faculta al Alcalde Local, para expedir el
decreto de repetición del Presupuesto y distribuir el
monto de los ingresos calculados, de acuerdo con los
requerimientos del Plan Operativo Anual de Inversión.
5- Que de acuerdo con los requerimientos del Plan
Operativo Anual de Inversión en concordancia con el
plan de Desarrollo Local, el valor de repetición es de
TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y
SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL
CINCUENTA Y UN PESOS CON 76/100 M/cte. $
38.247.350.051.76
6- Que en merito de lo expuesto
DECRETO:
ARTÍCULO PRIMERO.- Repetir el presupuesto gene-

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