DECRETO LOCAL 04 RD 3146 - 29 de Julio de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448653302

DECRETO LOCAL 04 RD 3146

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3146 29 JULIO 2004
EmisorAlcaldia Local de Barrios Unidos
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3146 • pP. 1-3 • 2004 JULIO 29 33
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señaló que las disposiciones de dicha norma, se apli-
carán en todas las localidades a través de las Juntas
Administradoras Locales, las cuales adoptarán el pro-
cedimiento pertinente para su cumplimiento.
3- Que de conformidad con lo anterior, es deber de la
Junta Administradora Local, dar cumplimiento al Acuer-
do 116 de 2003 y con fundamento en el mismo, deter-
minar el procedimiento y las fechas para las sesiones
informales en esta Corporación con los cabildantes
menores en la localidad de Barrios Unidos.
En mérito a lo anterior, la Junta Administradora Lo-
cal de Barrios Unidos
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Establecer en esta localidad,
dos veces al año. el último viernes del mes de Abril y
el último viernes del mes de Octubre, "LOS DÍAS DEL
CABILDANTE MENOR" en Barrios Unidos.
PARÁGRAFO. Para efectos del presente Acuerdo se
entenderá que son hábiles para participar de la sesión,
los menores entre 7 y 17 años inclusive.
ARTICULO SEGUNDO.- En cumplimiento al presente
Acuerdo, los establecimientos públicos de la localidad
escogerán un estudiante para tal fin. La institución
educativa enviará a la Corporación el nombre de la
persona elegida dentro de los quince días hábiles an-
teriores al desarrollo de la sesión.
PARÁGRAFO 1º.: Los ediles organizarán el orden del
día de conformidad a las temáticas que planteen los
estudiantes.
PARÁGRAFO 2º.: De acuerdo a los planteamientos y
a la organización del orden del día los Ediles podrán
invitar a las entidades que tengan que ver con los te-
mas a tratar.
ARTÍCULO TERCERO.- Para las reuniones señaladas,
los Ediles de la Junta Administradora Local permitirán
que los cabildantes menores se constituyan en sesión
informal como espacio de reflexión y de generación de
propuestas que se puedan adelantar en la localidad.
PARÁGRAFO. Los Establecimientos educativos oficia-
les, apoyarán en todo a los menores cabildantes por
ellos escogidos para el desarrollo de la sesión informal.
ARTÍCULO CUARTO.- Cada Edil acompañará a uno
de los Menores Cabildantes con el fin de guiarlos du-
rante las intervenciones. El Edil podrá tomar el uso de
la palabra cuando su menor pupilo tenga algún incon-
veniente para poder expresarse directamente o, para
clarificar algún tema en particular.
ARTICULO QUINTO.- La Junta Administradora Local
de Barrios Unidos, en los días señalados en el artículo
primero, sesionará de conformidad con el reglamento.
De las sesiones se levantarán las actas respectivas.
PARÁGRAFO: La Corporación realizará un informe di-
rigido a las instituciones educativas con las actuacio-
nes adelantadas y motivadas en el desarrollo de las
sesiones informales.
ARTICULO SEXTO.- El presente Acuerdo, rige a par-
tir de la fecha de su promulgación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los (28) días del mes de
Junio del Dos Mil Cuatro (2004).
JAVIER MANUEL PALACIO MEJIA.
Presidente J.A.L.
OMAR LOPEZ LOPEZ
Vicepresidente J.A.L.
ORLANDO PALACIOS LEMUS
Secretario J.A.L.
El presente acuerdo es sancionado a los veinti-
dós (22) del mes de julio del Dos Mil Cuatro
(2004).
ROBERTO DELGADO CELIS.
Alcalde Local de Barrios Unidos.
DECRETOS LOCALES DE 2004
ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
Decreto Local Número 04
(Julio 16 de 2004)
POR MEDIO DEL CUAL SE CONVOCA A SESIO-
NES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA
ADMINIISTRADORA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS.
El Alcalde Local de Barrios Unidos, en ejercicio
de las atribuciones legales y en especial las que
le confiere el Artículo 71, inciso Segundo del
Decreto Ley 1421 de 1.993,

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