DECRETO 192 RD 4003 - 24 de Junio de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445789406

DECRETO 192 RD 4003

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4003 24 JUNIO 2008
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 4003 • pP. 1-1 • 2008 • JUNIO 24
DECRETOS DE 2008
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 42
Número 4003
2008
JUNIO 24
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
(Junio 23 de 2008)
Por el cual se crean unos cargos en la planta de
empleos de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C.”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales
y legales, en especial las conferidas por el nume-
ral 9º Artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital No. 163 del 11 de
junio de 2008, se modi có parcialmente la estructura
organizacional y funcional de la Secretaría General de
la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por lo cual se hace
necesario ajustar la planta de cargos a los requeri-
mientos de la nueva organización.
Que mediante o cio No. DIR 0804 del 14 de mayo de
2008, la Directora del Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favora-
ble para la modi cación de la estructura organizacional,
funcional y de la planta de cargos de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Se-
cretaria de Hacienda mediante comunicación No.
2008EE164250 del 29 de mayo de 2008, emitió viabi-
lidad presupuestal que permite atender la modi cación
de la planta de cargos de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, DC.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Créanse en la planta de personal de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor, los siguientes
empleos:
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CODIGO GRADO NUMERO DE EMPLEOS
DESPACHO DEL SECRETARIO
Asesor 105 05 Dos (2)
PLANTA GLOBAL
Director Técnico 009 08 Uno (1)
Subdirector Técnico 068 06 Dos (2)
Profesional Especializado 222 32 Cuatro (4)
Secretario Ejecutivo 425 27 Dos (2)
Conductor 480 09 Uno (1)
TOTAL EMPLEOS DOCE (12)
ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación y deroga las disposiciones que
le sean contrarias.
Dado en Bogotá D.C. a los 23 días del mes de
Junio de 2008.

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