DECRETO 124 RD 3308 - 18 de Abril de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447992510

DECRETO 124 RD 3308

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3308 18 ABRIL 2005
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3308 • pP. 1-1 • 2005 ABRIL 18 1
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 39
Número 3308
2005 ABRIL 18
DECRETO DE 2005
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ ,D.C.
Decreto Número 124
(Abril 18 de 2005)
«Por medio del cual se reorganizan los Consejos
Locales de Gobierno y se dictan otras disposiciones».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial de las señaladas en los artículos 38 y 39
del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el artículo 209 de la Constitución
Política "La función administrativa está al servicio de
los intereses generales y se desarrolla con fundamen-
to en los principios de igualdad, moralidad, eficacia,
economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, me-
diante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones. Las autoridades ad-
ministrativas deben coordinar sus actuaciones para el
adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La
administración pública, en todos sus órdenes, tendrá
un control interno que se ejercerá en los términos que
señale la ley".
Que en la Ley 489 de 1998, el artículo 6 regula el prin-
cipio de coordinación expresando que "en virtud del
principio de coordinación y colaboración, las autorida-
des administrativas deben garantizar la armonía en el
ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de
lograr los fines y cometidos estatales".
Que el artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993 dispo-
ne que el Alcalde Mayor, dictará las normas reglamen-
tarias que garanticen la vigencia de los principios de
igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, im-
parcialidad, publicidad, descentralización, delegación y
desconcetración en el cumplimiento de las funciones y
la prestación de los servicios a cargo del Distrito.
Que según el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993
una de las funciones del alcalde local es la de coordi-
nar la acción administrativa del Distrito en la localidad.
Que en el Plan de Desarrollo Económico Social y de Obras
Públicas para Bogotá 2004-2008, aprobado mediante
Acuerdo No. 119 de 2004 del Concejo Distrital, estable-
ció como política general la "integración territorial para la
sostenibilidad de acuerdo con la cual la ciudad se abor-
dará en una perspectiva sostenible a partir de la descen-
tralización y la desconcentración en lo local".
Que entre las políticas establecidas dentro del Eje de
Reconciliación del Plan de Desarrollo Económico So-
cial y de Obras Públicas Bogotá 2004-2008, se desta-
ca la "consolidación de un proceso gradual de desarro-
llo autónomo de las localidades en el cual la adminis-
tración central fortalecerá los gobiernos locales y és-
tos a su vez, promoverán la integración y coordinación
de las instancias de participación y control ciudadano
respecto de los asuntos propios de su territorio".
Que dentro del mismo Acuerdo, en las estrategias del
Eje de reconciliación y del Objetivo de Gestión Públi-
ca Humana, se identifica el "diseño y puesta en mar-
cha de un modelo propio de descentralización para la
ciudad progresivo en su ejecución en consonancia con
las condiciones de cada localidad, basado en la
corresponsabilidad de la administración central y la
local, y fundamentado en la consolidación de las capa-
cidades locales" y el "desarrollo progresivo y gradual
de la autonomía de las localidades" basado en el mis-
mo modelo y que "compromete a las autoridades loca-
les al logro de procesos de organización, participación
y control social y a la administración distrital al fortale-
cimiento de la capacidad técnica, jurídica, administra-
tiva, financiera e informática de las localidades".
Que el fortalecimiento de las localidades requiere la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR