Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 217 de 2011 cámara 67 de 2010 senado - 6 de Diciembre de 2011 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451412090

Informe de ponencia para primer debate al proyecto de ley 217 de 2011 cámara 67 de 2010 senado

INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 217 DE 2011 CÁMARA, 67 DE 2010 SENADOpor la cual se modifica el Sistema de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

Bogotá, D. C., diciembre 5 de 2011

Honorable Representante

Dídier Burgos

Presidente Comisión Séptima Constitucional

Cámara de Representantes

Ciudad

Asunto: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 67 de 2010 Senado, 217 de 2011 Cámara, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

Respetado doctor Burgos:

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 150, 153 y 156 de la Ley 5ª de 1992 y, en desarrollo de la tarea que me fue asignada por la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de la honorable Cámara de Representantes, presentamos a consideración de los miembros de la citada Comisión el informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 67 de 2010 Senado, 217 de 2011 Cámara, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional,en los siguientes términos:

1. ANTECEDENTE DE LA INICIATIVA

Es importante mencionar que la propuesta para la reforma al Sistema de Riesgos Profesionales en Colombia no es nueva, de hecho, recientemente, el 9 de abril de 2007 fue presentado en la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto de ley número 256, por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el Sistema General de Riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones, de iniciativa del Ministerio de la Protección Social, publicado en la Gaceta del Congreso número 113 del 12 de abril de 2007.

En la Gaceta del Congreso número 128 del 20 de abril de 2007 fue publicada la ponencia para primer debate, cuyo ponente, honorable Representante, acogió el texto presentado por el Gobierno.

El 9 de mayo siguiente, en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes fue aprobada una proposición para la realización de una audiencia pública y la misma fue autorizada para el 16 de mayo siguiente. Efectuada la anterior, en la sesión de esta célula congresional celebrada el 30 de mayo, mediante Acta número 13, fue iniciado el trámite del proyecto y continuado en sesión del 5 de junio de 2007, Acta número 14.

Como resultado del primer debate fueron aprobadas sendas modificaciones al texto original, las cuales se llevaron a la presentación de un texto propuesto para segundo debate. En la sesión plenaria de la Cámara de Representantes del 14 de agosto de 2007, Acta número 064, fue dado el segundo debate, y así surge el texto definitivo para el tránsito correspondiente al Senado de la República, publicado en la Gaceta del Congreso número 405 del 27 de agosto de 2007.

No obstante, el citado proyecto finalmente no logró convertirse en ley. Fue así como por iniciativa de la Senadora Gloria Inés Ramírez se presentó el Proyecto de ley número 103 de 2008 Senado, por la cual se reforma el Sistema de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional, el cual fue radicado ante la Secretaría General del honorable Senado de la República el día 6 de agosto de 2008 y a su turno fue publicado en la Gaceta del Congreso número 524 de 2008. Los ponentes, Senadora Gloria Inés Ramírez Ríos y Senador Alfonso Núñez Lapeira, presentaron ponencia positiva por separado. Aprobado en Senado continuó su trámite en Cámara, en donde no surtió el último debate por cuestiones de tiempo, razón por la cual se volvió a presentar el proyecto, el cual quedó radicado bajo el número 067 de 2010.

El día 4 del mes de agosto del año 2010, se radicó en la Secretaría General del Senado de la República el Proyecto de ley número 67 con todos y cada uno de los requisitos constitucionales y legales, por parte de la Senadora Gloria Inés Ramírez.

De conformidad con el Oficio CSp CP.3.7.679-11 fueron designados ponentes para primer debate en Cámara a los honorables representantes: Lina María Barrera Rueda, Diela Liliana Benavides Solarte, Víctor Raúl Yépez, Pablo Sierra León, Armando Zabaraín D¿arce, Didier Burgos Ramírez, Alba Luz Pinilla, Holger Horacio Díaz Hernández.

2. COMPETENCIA JURÍDICA

El proyecto de ley está en consonancia con los artículos 150, 154, 157, 158 de la Constitución Política referentes a su origen, competencia, formalidades de publicidad y unidad de materia.

Así mismo, está en línea con lo establecido en el artículo 140 numeral 1 de la Ley 5ª de 1992, ya que se trata de una iniciativa legislativa presentada individualmente por la honorable Senadora Gloria Inés Ramírez Ríos quien tiene la competencia para tal efecto.

3. CONSIDERACIONES

Las siguientes consideraciones fueron expuestas en la ponencia para primer debate en Senado y consideramos que mantienen su vigencia, y por lo tanto nos adherimos a ellas:

¿ En cuanto a la determinación del campo de aplicación

Una de las finalidades esenciales del proyecto es la de garantizar efectivamente la seguridad social en riesgos profesionales al sector de los trabajadores independientes, quienes históricamente han estado excluidos del Sistema. En tal sentido, es necesario recordar que los contratistas también son trabajadores ¿aunque no sean empleados¿ y como...

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