Concepto nº 220-030710, de Superintendencia de Sociedades, de 15 de Abril de 2008 - Normativa - VLEX 409567517

Concepto nº 220-030710, de Superintendencia de Sociedades, de 15 de Abril de 2008

Oficio 220-030710 del 15 de abril de 2008

ASUNTO: Los papeles de trabajo del contador se encuentran sujetos a reserva y no son objeto del derecho de inspección por parte de los socios.

Me refiero a su escrito radicado en esta Superintendencia con el número 2008-01-038293, mediante el cual consulta si “…Los papeles de trabajo que son documentos internos de las entidades, que no están catalogados dentro del artículo 446 del Código de Comercio, y que no son soporte de los registros contables se deben entregar dentro del proceso de inspección de las sociedades por parte de los socios”.

Sobre el particular, vale la pena comentar que el derecho de inspección se encuentra consagrado, entre otros, en los artículos 447 del Código de Comercio y 48 de la Ley 222 de 1995, el cual faculta a los asociados para examinar directamente o mediante delegado los libros y documentos de la sociedad a efecto de que puedan conocer la situación financiera de la compañía en la cual realizaron sus aportes.

Este derecho, desde luego, no tiene carácter absoluto, como quiera que no puede convertirse en un obstáculo que atente contra la buena marcha de la empresa, como tampoco extenderse, según las voces del artículos 48 citado, a documentos que versen sobre asuntos industriales o cuando se trate de datos que puedan ser utilizados en detrimento de la sociedad.

De un análisis del artículo 379 del Código de Comercio alusivo al derecho de inspección de los accionistas, realizado por el Tribunal Superior de Medellín según sentencia del 12 de febrero de 1.996, éste expresó:

...La primera lectura de la norma permite afirmar que el derecho no es absoluto porque en una hermenéutica sistemática se relaciona, relativiza y limita mutuamente con los derechos y principios que gobiernan la sociedad. La facultad de inspeccionar libre y privadamente se restringe por la vigencia temporal señalada por el artículo con el objetivo de generalizar el funcionamiento de la organización y proteger el interés general. Por fuera de ese término el accionista cuenta con el instrumento judicial de la exhibición, la tutoría del revisor fiscal y la información verbal que pueda recibir de las personas autorizadas acerca de los aspectos no reservados y en oportunidad legal (la asamblea general, por ejemplo)

La norma también determina los documentos sobre los cuales versa la facultad, que no son otros que los libros y papeles sociales que permitan obtener información suficiente, clara y...

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