PARTE RESOLUTIVA DE LA RESOLUCION 714 RD 5756 - 18 de Enero de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 593950018

PARTE RESOLUTIVA DE LA RESOLUCION 714 RD 5756

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5756 18 ENERO 2016
EmisorSecretaria Distrital de Movilidad
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5756 • pP. 1-10 • 2016 • ENERO 18
10
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Parte Resolutiva de la Resolución
Número 714-02
(Diciembre 28 de 2015)
POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA
ADMINISTRATIVAMENTE EL ABANDONO DEL
VEHÍCULO DE PLACA BCB073, INMOVILIZADO
EN LOS PATIOS OFICIALES DE LA SECRETARIA
DISTRITAL DE MOVILIDAD DE BOGOTÁ D.C..
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRESE ADMINISTRA-
TIVAMENTE EL ABANDONO del bien (vehículo)
de placa BCB073, numero de motor 121967, chasis
117487, que registra con propietario indeterminado
y a la fecha su estado en el registro corresponde a
cancelación de matrícula, tal y como consta en el
certicado de Tradición No. CT 901587005 y demás
soportes arrimados al plenario, en razón al evidente
desinterés en retirar él rodante del parqueadero ocial;
de conformidad con lo establecido en la Ley 1730 de
29 de julio de 2014 y demás normas concordantes
sobre la materia y por las razones expuestas en la
parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: PROCÉDASE con la enajena-
ción del bien declarado en abandono, (AUTOMÓVIL)
de placas BCB073 número de motor 121967, chasis
117487,( previo avalúo del mismo, el cual hará parte
integral del presente acto administrativo y con el que
se determinará la condición de venta, bien sea como
cuerpo cierto o como chatarra, actividad que será
llevada a cabo de conformidad con lo establecido en
la Ley 1730 de 2014, en concordancia con el Decreto
1082 de 2015 Estatuto General de Contratación de
la Administración Pública, una vez el presente acto
administrativo se encuentre en rme.
PARÁGRAFO: Con el n de establecer la debida iden-
ticación del bien a enajenar, ordénese la realización
de la “Revisión Técnica e Identicación de Automoto-
res”, por parte de la Dirección de Investigación Criminal
e INTERPOL – DIJÍN, de la Policía Nacional, la cual
hará parte integral del presente Acto Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: CONSÍGNESE el valor obte-
nido por la enajenación del bien, en la cuenta especial
N°91000005220 del Banco GNB Sudameris, para
el llevar registro debidamente individualizado de las
transacciones realizadas sobre la misma.
PARÁGRAFO: Del valor obtenido por la enajenación,
consignado en la cuenta especial N°91000005220 del
Banco GNB Sudameris, descuéntense directamente
los valores asociados a la misma, soportados con los
documentos pertinentes a n de llevarse a cabo las
transferencias que correspondan.
ARTÍCULO CUARTO: DEDÚZCASE directamente
de la suma obtenida de la enajenación, el monto de la
tasa generada por el servicio de patios y grúas, que a
fecha 30 de septiembre de 2015, ascendía a la suma
de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA
Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE ($
4.666.400), más los valores que se sigan generando
diariamente, hasta que se produzca el retiro efectivo
del bien (automotor) del patio ocial, y se emita li-
quidación denitiva, en cuyo caso los dineros serán
transferidos por la Tesorería Distrital desde la cuenta
especial hacia la cuenta destinada por la Secretaría
de Movilidad, para el pago de dichas tasas.
PARÁGRAFO PRIMERO: En el evento en que no se
cubra la totalidad generada por el servicio de patios
y grúas, condónese el monto correspondiente, por
éstos conceptos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: En el evento en el que
el valor de la enajenación cubra la totalidad de lo
adeudado y exista un remanente, el mismo deberá
permanecer en la cuenta especial N° 91000005220
del Banco GNB Sudameris, por el término de cinco (5)
años para ser reclamado por su beneciario. Cumplido
el tiempo señalado sin que el remanente sea recla-
mado, el mismo deberá ser trasladado por parte de
la Subdirección Financiera, a la Entidad de Carácter
Nacional responsable de la ejecución de la política
pública de Seguridad Vial, a la cuenta y en la forma
dispuesta por ésta para tal n, de conformidad con el
procedimiento establecido para ello y lo expuesto en
la parte considerativa del presente proveído.
PARÁGRAFO TERCERO: Las bases de datos en las
que se registren los montos denitivos, respecto de los
conceptos de inmovilización, parqueadero y grúa, debi-
damente individualizados, deberán ser remitidas por la
Dirección de Servicio al Ciudadano de la Entidad a la
Subdirección Financiera, para que se proceda con el
trámite que corresponda a n de lograr la transferencia
de los recursos, de conformidad con lo señalado en el
presente artículo.
ARTÍCULO QUINTO: REMÍTASE copia del presente
Acto Administrativo a la Subdirección de Contraven-
ciones Tránsito de la Entidad, para que previa solici-
tud del adjudicatario comprador del bien declarado
en abandono, se proceda a ordenar la entrega del
mismo, la cual se llevará a cabo una vez soporte su
PARTES RESOLUTIVAS DE 2015

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