Ponencia para primer debate al proyecto de ley 164 de 2002 cámara
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 164 DE 2002 CÁMARA. por la cual se garantiza el derecho al trabajo a las personas vinculadas a la economía informal y se dictan otras disposiciones
Bogotá, D. C., 29 de mayo de 2003.
Doctor
MANUEL ENRIQUEZ ROSERO
Presidente
Comisión Séptima honorable Cámara de Representantes
Ciudad.
Referencia: Ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 164 de 2002 Cámara, por la cual se garantiza el derecho al trabajo a las personas vinculadas a la economía informal y se dictan otras disposiciones.
Cordial saludo:
En atención a la designación que me hiciera la mesa directiva de la Comisión Séptima de la Honorable Cámara de Representantes presento a su consideración y por su digno conducto a los miembros de la plenaria, el informe de ponencia favorable, para el primer debate al proyecto de ley número 164 de 2002 Cámara, por la cual se garantiza el derecho al trabajo a las personas vinculadas a la economía informal y se dictan otras disposiciones, cuyos autores son los honorables Representantes: Francisco Pareja González y Carlos Arturo Piedrahíta, para su correspondiente trámite.
Atentamente,
Germán Aguirre Muñoz,
honorable Representante a la Cámara.
PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NUMERO 164 DE 2002 CAMARA
por la cual se garantiza el derecho al trabajo a las personas vinculadas a la economía informal y se dictan otras disposiciones
Doctor
MANUEL ENRIQUEZ ROSERO
Presidente
Comisión Séptima honorable Cámara de Representantes y demás miembros
Bogotá, D. C.
Señor Presidente y honorables Representantes:
Por disposición de la Mesa Directiva de la Comisión Séptima de la honorable Cámara de Representantes, me ha correspondido rendir ponencia para el primer debate al Proyecto de ley número 164 de 2002 Cámara, por la cual se garantiza el derecho al trabajo a las personas vinculadas a la economía informal y se dictan otras disposiciones¿ cuyos autores son los honorables Representantes Francisco Pareja González y Carlos Arturo Piedrahíta, la cual hago en la forma y términos que a continuación les expreso:
Fundamentos constitucionales
Los fundamentos constitucionales surgen de lo estipulado en los artículos 1º, 2º, 13, 25, 26, 38, 46, 48, 49, 53, 82, 93, 333, 334, 70, 72 de nuestra Constitución Política.
El artículo 25 y el artículo 82 tienen especial relevancia en este proyecto pues el artículo 25 versa sobre el derecho al trabajo y el artículo 82 sobre la protección del espacio público observasen:
¿Artículo 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas¿.
¿Artículo 82. Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular.
Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común¿.
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