RESOLUCION 0919 RD 5591 - 12 de Mayo de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 570268990

RESOLUCION 0919 RD 5591

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5591 12 MAYO 2015
EmisorUnidad Administrativa Especial de Catastro Distrital
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5591 • pP. 1-1 • 2015 • MAYO 12
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 49
Número 5591
2015 MAYO 12
RESOLUCIÓN DE 2015
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DE CATASTRO DISTRITAL
Resolución Número 0919
(Mayo 7 de 2015)
“Por medio de la cual se ordena la iniciación de
la actualización de la formación del catastro de
una parte de Bogotá D.C.”.
EL DIRECTOR DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA
ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL
– UAECD –,
en uso de sus facultades legales, reglamentarias
y estatutarias, en especial de las conferidas por
Ley 14 de 1983, su Decreto Reglamentario No.
3496 de 1983, la Resolución IGAC No. 70 de 2011,
demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro
Distrital – UAECD – ha programado la actualización
del Catastro de 1107 sectores catastrales de la ciudad
de Bogotá D.C.
Que la actualización proyectada busca mantener al
día el censo inmobiliario de la ciudad, minimizando
los tiempos que transcurren entre los cambios físicos,
jurídicos y económicos de los inmuebles y su incorpo-
ración en la base catastral.
Que el Artículo 77 de la Resolución IGAC No. 70 de
2011 enlista las actividades básicas del proceso de
formación catastral.
Que el numeral primero (1º) del citado Artículo señala
que la primera actividad de la formación catastral debe
ser la expedición y publicación de la Resolución que
ordena la iniciación del proceso.
Que lo explicado en el anterior considerando se halla
en concordancia con lo prescrito en el Artículo 78 de la
mencionada Resolución que señala que: “[e]l proceso
de formación se inicia con la resolución por medio de
la cual se ordena su iniciación en la unidad orgánica
catastral, expedida por […] el funcionario competente
en la autoridad catastral correspondiente”.
modicatorio del Artículo 97 de la Resolución de la
No. 070 de 2011, previó que: “[l]a actualización de la
formación catastral consiste en el conjunto de opera-
ciones destinadas a renovar los datos de la formación
catastral, revisando los elementos físico y jurídico del
catastro y eliminando en el elemento económico las
disparidades originadas por cambios físicos, varia-
ciones de uso o de productividad, obras públicas, o
condiciones locales del mercado inmobiliario”.
Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 98
de la ya citada Resolución No. 070, las actividades de
la actualización de la formación del Catastro serán las
mismas que aquellas contempladas para la formación,
en lo que aquellas sean compatibles con éstas.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. ORDENAR que se lleve a cabo –
conforme con los normas y procedimientos técnicos
consagrados en la Ley 14 de 1983, su Decreto Regla-
mentario No. 3496 de 1983, la Resolución IGAC No. 70
de 2011 y las demás disposiciones complementarias
y concordantes – la iniciación de la Actualización de
la Formación del Catastro, mediante la ejecución de
los trabajos y operaciones pertinentes, de los sectores
catastrales que se detallan a continuación:
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5591 • pP. 1-2 • 2015 • MAYO 12
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No.
ORDEN
No
LOCALIDAD
NOMBRE LOCALIDAD CÓDIGO DE
SECTOR
NOMBRE SECTOR
1 4 SAN CRISTOBAL 001101 LAS BRISAS
2 4 SAN CRISTOBAL 001102 BUENOS AIRES
34 SAN CRISTOBAL 001103 VITELMA
4 4 SAN CRISTOBAL 001104 MOLINOS DE ORIENTE
5 4 SAN CRISTOBAL 001106 SAN BLAS
64 SAN CRISTOBAL 001107 LAS MERCEDES
7 4 SAN CRISTOBAL 001108 SAN CRISTOBAL SUR
8 4 SAN CRISTOBAL 001109 LA MARIA
94 SAN CRISTOBAL 001110 SAN JAVIER
10 4 SAN CRISTOBAL 001111 SANTA ANA SUR
11 4 SAN CRISTOBAL 001112 PRIMERO DE MAYO
12 4 SAN CRISTOBAL 001113 SAN BLAS II
13 4 SAN CRISTOBAL 001114 VELODROMO
14 4 SAN CRISTOBAL 001115 MONTE CARLO
15 4 SAN CRISTOBAL 001116 TIBAQUE URBANO
16 15 ANTONIO NARINO 001201 SEVILLA
17 15 ANTONIO NARINO 001202 CIUDAD BERNA
18 15 ANTONIO NARINO 001203 CARACAS
19 15 ANTONIO NARINO 001204 CIUDAD JARDIN SUR
20 4 SAN CRISTOBAL 001205 SOCIEGO
21 4 SAN CRISTOBAL 001206 QUINTA RAMOS
22 4 SAN CRISTOBAL 001207 NARINO SUR
23 15 ANTONIO NARINO 001208 LA HORTUA
24 4 SAN CRISTOBAL 001209 MODELO SUR
25 4 SAN CRISTOBAL 001210 CALVO SUR
26 15 ANTONIO NARINO 001211 POLICARPA
27 4 SAN CRISTOBAL 001301 GRANADA SUR
28 4 SAN CRISTOBAL 001302 MONTEBELLO
29 4 SAN CRISTOBAL 001303 CORDOBA
30 4 SAN CRISTOBAL 001304 BELLO HORIZONTE
31 4 SAN CRISTOBAL 001305 ATENAS
32 4 SAN CRISTOBAL 001306 SAN PEDRO
33 4 SAN CRISTOBAL 001307 RAMAJAL
34 4 SAN CRISTOBAL 001308 SANTA INES SUR
35 4 SAN CRISTOBAL 001309 SAN VICENTE
36 4 SAN CRISTOBAL 001310 LA VICTORIA
37 4 SAN CRISTOBAL 001311 LA GLORIA OCCIDENTAL
38 4 SAN CRISTOBAL 001312 LOS ALPES
39 4 SAN CRISTOBAL 001313 BELLAVISTA SUR
40 4 SAN CRISTOBAL 001314 SAN JOSE SUR ORIENTAL
41 4 SAN CRISTOBAL 001315 ALTAMIRA
42 4 SAN CRISTOBAL 001316 MORALBA
43 4 SAN CRISTOBAL 001317 PUENTE COLORADO
44 4 SAN CRISTOBAL 001318 QUINDIO
45 4 SAN CRISTOBAL 001319 LA GLORIA ORIENTAL
46 4 SAN CRISTOBAL 001320 NUEVA GLORIA
47 4 SAN CRISTOBAL 001321 SAN MARTIN SUR
48 4 SAN CRISTOBAL 001322 SAN RAFAEL USME
49 4 SAN CRISTOBAL 001323 NUEVA DELHI
50 4 SAN CRISTOBAL 001324 EL PINAR
51 4 SAN CRISTOBAL 001325 JUAN REY (LA PAZ)
52 4 SAN CRISTOBAL 001327 LOS LIBERTADORES
53 4 SAN CRISTOBAL 001328 SANTA RITA SUR ORIENTAL
54 4 SAN CRISTOBAL 001329 EL PARAISO

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