RESOLUCION 131 RD2639 - 21 de Mayo de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449165526

RESOLUCION 131 RD2639

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2639 21 MAYO 2002
EmisorDivision de Personas Juridicas Alcaldia Mayor
5
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2639 Pp. 1-5
2.002-Mayo-21
Año 36
Resolución de 2002
OFICINA DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Especial Número 131
(Abril 17 de 2002)
Por la cual se aprueba unos estatutos a
una entidad.
EL JEFE DE LA OFICINA DE PERSONAS
JURÍDICAS DE LA ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de las facultades y en especial
las conferidas en los Decretos Distritales
059 de 1991 y 663 de 1995 y demás
normas concordantes y,
Que la entidad sin ánimo de lucro, denominado FUNDACIÓN
PROYECCIÓN DE ALCANCE INTERNACIONAL, PAI, fue cons-
tituida mediante Acta Número 0000001 del 05 de enero de
2002 en Asamblea (sic) de fundadores, inscrita en Cámara de
Comercio el 11/03/2001 bajo el número 00047506 del libro
1 de las entidades sin ánimo de lucro por Acta el 05 de
febrero de 2002.
Que mediante escrito con radicado No. 1-2002-10639 E del
20/03/2001 (985), el señor HUGO YESID SUÁREZ SIERRA,
hace llegar a esta Oficina de Personas Jurídicas los documen-
tos con los cuales anexa los documentos para la respectiva
aprobación estatutaria.
Que una vez asignado al profesional del área jurídica para su
estudio y en especial de sus estatutos se puede definir que la
entidad es sin ánimo de lucro, de duración indefinida, de las
que contempla el Título 36 del libro I del Código Civil, y con
domicilio en esta ciudad capital y que su objeto no es contra-
rio a la moral, al orden público, a las buenas costumbres ni a
las leyes vigentes y por lo tanto nos conduce a considerar que
sus estatutos sirven de fundamento para proferirse el respec-
tivo acto administrativo que le apruebe sus estatutos.
Que el artículo 86 del Código Civil Colombiano, establecer
que el domicilio de las personas jurídicas, es el lugar donde
está situada su administración o dirección.
Que el artículo 636 del Código Civil Colombiano dispone «Los
reglamentos o estatutos de las corporaciones (entendiéndose
para el caso concreto FUNDACIÓN), que fueren formados por
ellas mismas, serán sometidos a la aprobación del poder eje-
cutivo de la unión, quien se la concederá, si no tuvieren nada
contrario al orden público, a las leyes o a las buenas costum-
bres».
Que por las razones expuestas,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar los estatutos de la entidad sin
ánimo de lucro y de duración indefinida denominada FUNDA-
CIÓN PROYECCIÓN DE ALCANCE INTERNACIONAL, PAI, con
domicilio en Bogotá, D.C. República de Colombia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Advertir a la entidad so pena de las
sanciones legales pertinentes, que debe desarrollar sus objeti-
vos en los términos de los estatutos aquí aprobados, obser-
vando los preceptos que le impone la ley, sin desvirtuar su
naturaleza jurídica sin ánimo de lucro y que la presente Reso-
lución NO es un permiso o licencia de funcionamiento.
ARTÍCULO TERCERO.- Advertir a la entidad que para todos
los efectos, deberá tener en cuenta que el cumplimiento de su
objeto establecido en los estatutos, tendrá como residencia, a
la Calle 19 No. 23-51 de la ciudad de Bogotá, D.C.
Parágrafo: Cualquier cambio de domicilio deberá reportarlo
previamente ante la entidad de registro, y las autoridades de
Vigilancia y Control.
ARTÍCULO CUARTO.- Ordenar la publicación de la presente,
en un diario de amplia circulación nacional, a costa de los
interesados y allegar un ejemplar a la Oficina de Personas
Jurídicas de la Alcaldía.
ARTÍCULO QUINTO.- Contra la presente Resolución proceden
los recursos de reposición y apelación, este último ante la
Subsecretaria de Asuntos Legales de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C.
ARTÍCULO SEXTO.- Esta Resolución rige a partir de su notifi-
cación.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del
mes de Abril de 2002.
ORLANDO CORREDOR TORRES
Jefe de Oficina de Personas Jurídicas.
Decretos Locales de 2002
ALCALDÍA LOCAL PUENTE ARANDA
Decreto Local Número 06
(20 de Mayo del 2002)
Por medio del cual se convoca a sesiones
extraordinarias a la JUNTA
ADMINISTRADORA LOCAL

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR