RESOLUCION 137 RD 5460 - 28 de Octubre de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 541464750

RESOLUCION 137 RD 5460

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5460 28 OCTUBRE 2014
EmisorVeeduria Distrital
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5460 • pP. 1-38 • 2014 • OCTUBRE 28
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ARTÍCULO SEGUNDO: Para la expedición del re-
gistro presupuestal y el pago individual de las ayudas
humanitarias, se reconoce como acto de ejecución
para el trámite del mismo, la solicitud de pago, la cual
deberá estar suscrita por el Director del IDIGER, en
calidad de ordenador del gasto y el Subdirector de
Participación para la Gestión de Riesgos y Adaptación
al Cambio Climático, en calidad de Responsable del
proceso. La solicitud deberá contener el Certicado de
Disponibilidad Presupuestal que la ampara, el nombre
del beneciario, su identicación, domicilio, el valor a
reconocer, el número del fallo o sentencia judicial y el
registro de familias afectadas.
PARÁGRAFO 1.- El Subdirector de Participación
para la Gestión de Riesgos y Adaptación al Cambio
Climático, deberá consolidar el expediente que soporta
el acto administrativo de ejecución (solicitud de pago),
con los documentos señalados en el artículo 5° de la
Resolución 091 de 2014 de acuerdo a cada situación.
PARÁGRAFO 2.- El valor del pago será cancelado
a favor del beneciario(a), jefe o responsable de la
familia, de manera individual lo cual se noticará en
el mismo momento en el que se realice la visita de
vericación de la evacuación.
ARTÍCULO TERCERO: El Responsable de Presu-
puesto, deberá expedir los registros presupuestales de
manera individual para cada beneciario con un plazo
máximo que no exceda la vigencia scal.
ARTÍCULO CUARTO: El pago de las ayudas huma-
nitarias debe ceñirse a los procedimientos y formatos
estandarizados y adoptados desde el Sistema de
Gestión de Calidad.
ARTÍCULO QUINTO: Quien obtenga la ayuda huma-
nitaria mediante engaño sobre los requisitos requeri-
dos para su concesión u omitiendo datos relevantes,
incurrirá en las sanciones de ley, perderá el derecho
y deberá reembolsar el dinero al Instituto Distrital de
Gestión de Riesgos y Adaptación al Cambio Climático.
ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a
partir de su publicación en debida forma.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días
del mes de octubre de dos mil catorce (2014).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JAVIER PAVA SÁNCHEZ
Director General
VEEDURÍA DISTRITAL
Resolución Número 137
(Julio 23 de 2014)
“Por la cual se adopta la versión 4 del Manual de
Contratación de la Veeduría Distrital“
LA VEEDORA DISTRITAL,
en ejercicio de sus competencias legales, en es-
pecial las conferidas por la Ley 80 de 1993, Ley
1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013 y
CONSIDERANDO:
Que la actividad contractual de la Veeduría Distrital,
debe ceñirse a los postulados instituidos por la Cons-
titución Política de Colombia, las Leyes 80 de 1993,
1150 de 2007, el Decreto Reglamentario 1510 de
2013, la Ley 1474 de 2011, y las demás normas que
los modiquen, adicionen o sustituyan.
Que el artículo 160 del Decreto 1510 de 2013, estable-
ce que las entidades estatales deben contar con un Ma-
nual de Contratación, de acuerdo con los lineamientos
que sobre el particular emita la Agencia Nacional para
la ContrataciónPública-Colombia Compra Eciente-.
Que Colombia Compra Eciente expidió el 26 de
diciembre de 2013, los lineamientos generales para
la expedición de los manuales de contratación, los
cuales se contemplan en el Manual de Contratación
de la Veeduría Distrital, que se adopta a través del
presente acto administrativo, estableciendo, entre
otros, la forma como opera la gestión contractual en
la entidad; da a conocer a los participantes del siste-
ma de compras y contratación pública la forma como
opera la gestión contractual en la entidad; establece
los parámetros en el que se señalan las funciones
internas en materia contractual; las tareas que deban
acometerse por virtud de la delegación o desconcen-
tración de funciones, así como las que se derivan
de la vigilancia y control de la ejecución contractual.
Igualmente, considera la metodología del sistema de
gestión de calidad, teniendo en cuenta que el proceso
contractual forma parte del Proceso de Gestión para
la Adquisición de Bienes y Servicios.
Que de conformidad con lo preceptuado en el artículo
209 de la Constitución Política de Colombia, la función
administrativa debe estar al servicio de los intereses
generales y desarrollarse con fundamento en los
principios de igualdad, moralidad, ecacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5460 • pP. 1-39 • 2014 • OCTUBRE 28
Que la Veeduría Distrital cuenta a la fecha con el Ma-
nual de Contratación, el cual fue adoptado mediante
Resolución No.13 del 1 de febrero de 2013, el cual fue
expedido atendiendo las disposiciones contenidas en
el Decreto 734 de 2012. Teniendo en cuenta que la
norma citada fue derogada por el Decreto Reglamen-
tario 1510 de 2013, se requiere actualizar el Manual
de Contratación de la entidad para ponerlo en conso-
nancia con la norma citada, por lo que se expedirá la
versión No.4 del mismo.
Que como medida de prevención del daño antijurídico
en materia contractual, se reitera el énfasis en la pla-
neación de los procesos contractuales que adelanta
la Veeduría Distrital, con el propósito de eliminar en
lo posible, o mitigar y controlar los riesgos que se
puedan derivar de la contratación para la entidad, los
contratistas y terceros.
Que las metas institucionales en el marco del Plan de
Desarrollo “Bogotá Humana” exigen la optimización de
procesos y la búsqueda de mayor valor agregado en la
gestión, razón por la cual se hace necesario actualizar
y ajustar los manuales existentes a las necesidades
de la entidad y a la normatividad vigente en la materia.
Que la Ley 1474 de 2011, el Decreto Ley 19 de 2012
se reglamenta el sistema de compras y contratación
pública”, introdujeron cambios a la normatividad
contractual, que hacen necesaria la actualización del
Manual de Contratación de la Veeduría Distrital.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la versión cuatro, del
Manual de Contratación de la Veeduría Distrital, el cual
contiene las directrices y los estándares aplicables a
la gestión de la actividad contractual de la Entidad,
contenido en el texto que se anexa formando parte
integral de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Ocina Asesora de Jurídi-
ca será la encargada de la coordinación y actualización
del Manual de Contratación de la Veeduría Distrital,
de conformidad con las directrices de la Viceveedora
Distrital.
ARTÍCULO TERCERO: El Manual de Contratación
será publicado en la Intranet institucional y en el Portal
Web de la Veeduría.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a
partir de la fecha de su expedición y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias, en especial la
Resolución No.13 del 1 de febrero de 2013, expedida
por la Veedora Distrital.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los veintitrés (23) días del mes
de julio de dos mil catorce (2014).
ADRIANA CÓRDOBA ÁLVARADO
Veedora Distrital
MANUAL DE CONTRATACIÓN Código: 14-MN-01
Versión: 04
Vigente desde: 23 de julio de
2014
MANUAL DE CONTRATACIÓN
VEEDURÍA DISTRITAL
Elaboró: Jefa Ocina Asesora de
Jurídica
Revisó: Viceveedora Distrital Aprobó: Jefa Ocina Asesora de
Planeación
CONTROL DE ACTUALIZACIONES
Versión Motivo de la modicación Fecha de modicación Responsable de modicación
DD MM AA
003 Necesidad de actualizar por cambios normativos relevantes 21 01 2013 Jefe Ocina Asesora de Jurídica
004 Necesidad de actualizar por cambios normativos relevantes 23 07 2014 Jefe Ocina Asesora de Jurídica
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5460 • pP. 1-40 • 2014 • OCTUBRE 28
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CONTENIDO
TITULO I. GENERALIDADES
1. PROPÓSITO
2. ALCANCE
3. BASE LEGAL
4. DELEGACION DE LA FUNCIÓN DE CONTRA-
TACIÓN
5. INFORMES.
6. DEFINICIONES
TÍTULO II. ASESORÍA EN LA ACTIVIDAD CON-
TRACTUAL
1. ORGANISMOS ASESORES Y FUNCIONARIOS
ASESORES.
2. COMITÉS DE CONTRATACIÓN
3. OFICINA ASESORA DE JURÍDICA
TITULO III. PRINCIPIOS Y FASES DE LA CONTRA-
TACIÓN PÚBLICA
1. PRINCIPIOS DE LA CONTRATACIÓN ESTA-
TAL
2. INCORPORACIÓN DE CRITERIOS AMBIENTA-
LES
3. FASES DE LA ACTIVIDAD CONTRAC-
TUAL.
TITULO I. GENERALIDADES
1. PROPÓSITO
El objetivo del presente manual, es establecer los
procedimientos que se adelantarán en el marco de
la actividad contractual de la Veeduría Distrital, en
aplicación de los principios que orientan la función
administrativa.
Para el desarrollo de todas las fases de la actividad
contractual, precontractual, contractual y postcontrac-
tual, hasta el cierre del proceso, la Veeduría Distrital
dará aplicación a las disposiciones constitucionales,
legales y reglamentarias vigentes en la materia y a los
procedimientos previstos en el presente Manual. En
todo caso, en el evento de existir contradicción entre lo
consignado en el presente Manual y las normas legales
y reglamentarias vigentes en la materia, prevalecerán
estas últimas, sin perjuicio de las actualizaciones a
que haya lugar.
2. ALCANCE
El Manual de Contratación, se encuentra denido por
Colombia Compra Eciente, como: “Documento que
establece y da a conocer a los partícipes del sistema
de compras y contratación pública los ujos de proceso
y organigrama que cada Entidad Estatal desarrolla en
sus Procesos de Contratación y Gestión Contractual”1.
En concordancia con lo anotado, resulta necesario
señalar que de conformidad con el artículo 2 del De-
creto 1510 de 2013, son partícipes de la contratación
pública para efectos del Decreto Ley 4170 de 2011:
1. Las Entidades Estatales que adelantan Procesos
de Contratación.
En los términos de la ley, las Entidades Estatales pue-
den asociarse para la adquisición conjunta de bienes,
obras y servicios.
2. Colombia Compra Eciente.
3. Los oferentes en los Procesos de Contratación.
4. Los contratistas.
5. Los supervisores.
6. Los interventores.
7. Las organizaciones de la sociedad civil y los ciu-
dadanos cuando ejercen la participación ciudadana
en los términos de la Constitución Política y de la ley.
Las actuaciones que desarrollan los funcionarios
y colaboradores que intervengan en el proceso de
contratación se adelantarán con sujeción a los prin-
cipios de transparencia, economía, responsabilidad
y selección objetiva, de conformidad con los postula-
dos que orientan la función administrativa, teniendo
siempre en consideración que con la celebración de
contratos y la ejecución de los mismos, la Veeduría
Distrital busca el cumplimiento de los nes estatales,
la continua y eciente prestación de los servicios pú-
blicos y la efectividad de los derechos e intereses de
los administrados que colaboran con la entidad en la
consecución de dichos nes.
De acuerdo con el principio de responsabilidad, todas
y todos, las y los funcionarios y contratistas de la
Veeduría Distrital, que intervengan en cualquier eta-
pa del proceso de contratación, responderán por sus
actuaciones u omisiones.
3. BASE LEGAL
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del
1 Agencia Nacional de Contratación Pública. Colombia Compra Eciente. Lineamien-
tos Generales para la Expedición de Manuales de Contratación. 26 de diciembre
de 2013.

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