RESOLUCION 182 RD 6317
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 6317 22 MAYO 2018 |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6317 • pP. 1-2 • 2018 • MAYO • 22
2
Que teniendo en cuenta el presupuesto asignado en
el Decreto Distrital 816 de 2017 para la bonicación,
resulta necesario ordenar el gasto y ordenar el pago
de la bonicación mensual al Ocial de Enlace y hasta
sesenta y un (61) funcionarios de la Policía Metropoli-
tana de Bogotá, D. C., que prestan sus servicios como
hombres de protección del esquema de seguridad del
señor Alcalde Mayor de Bogotá, D. C., para el primer
(1er.) semestre de la vigencia de 2018.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1º -: Ordenar el gasto y el pago de la boni-
cación de Escoltas de la Alcaldía al Ocial de Enlace,
la cual asciende a la suma mensual de CUATROCIEN-
TOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y CINCO PESOS ($456.445) M/CTE, y
a cada uno de los sesenta y un (61) funcionarios de
la Policía Metropolitana de Bogotá, D.C., por la suma
mensual de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS
($398.474) M/CTE., pagos que se harán para el primer
(1er.) semestre de la vigencia 2018, previa certica-
ción de la Dirección de Talento Humano y del Ocial
de Enlace, en la que conste el cumplimiento de sus
servicios respectivamente.
PARÁGRAFO PRIMERO: El pago de la bonicación
de escoltas al Ocial de Enlace y hasta sesenta y un
(61) funcionarios de la Policía Metropolitana de Bogotá
D.C se realizará de conformidad con la certicación
expedida por la Dirección de Talento Humano de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D. C., y del Ocial de Enlace en la que conste el
cumplimiento de los servicios durante el primer (1er.)
semestre de la vigencia 2018.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El Ocial de Enlace comu-
nicará a la Subdirección Financiera de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., los
cambios de personal de escoltas para efectos del
trámite de pago de la bonicación.
ARTÍCULO 2º-: El gasto que ocasione la presente
resolución se hará con cargo al rubro 3-1-1-02-05-00-
0000-00 “Bonicación Escoltas Alcaldía” el cual se en-
cuentra amparado con el Certicado de Disponibilidad
Presupuestal No. 571 de 18 enero de 2018, expedido
por el responsable del presupuesto de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.
ARTÍCULO 3º-: Ordenar la expedición del Registro
Presupuestal con cargo al Certicado de Disponibilidad
Presupuestal No. 571 del 18 de enero de 2018, expedi-
do por el responsable del presupuesto de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., hasta por
la suma de CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES
QUINIENTOS OCHENTA MIL CIENTO CINCUENTA
Y CUATRO PESOS M/CTE ($ 148.580.154).
ARTÍCULO 4º-: Comunicar a la Subdirección Finan-
ciera y a la Dirección de Talento Humano de la Secre-
taría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., y
al ocial de Enlace y/o Coordinador de Seguridad de
la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., el contenido de la
resolución para lo de su competencia.
ARTÍCULO 5º-: La presente resolución rige a partir
de la fecha de su expedición y contra ella no procede
recurso alguno, de conformidad con lo señalado en
artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los dieciocho (18) días
del mes de mayo de dos mil dieciocho (2018).
JUAN CARLOS SÁNCHEZ MERA
SECRETARÍA DEL HÁBITAT
Resolución Número 182
(Mayo 17 de 2018)
“Por medio de la cual se aclaran y modifican
las Resoluciones 844 de 2014 y 199 de 2017, en
el marco del Régimen de Transición a que se
refiere el artículo 37 del Decreto Distrital 623
de 2016”
EL SECRETARIO DISTRITAL DEL HABITAT
De conformidad con sus facultades legales y
reglamentarias, en especial las contenidas en el
Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, los
Decretos Distritales 121 de 2008, 623 de 2016 y
508 de 2017.
CONSIDERANDO:
blece que todos los colombianos tienen derecho a
una vivienda digna y corresponde al Estado jar las
condiciones necesarias para hacer efectivo este dere-
cho y promover planes de vivienda de interés social,
sistemas adecuados de nanciación a largo plazo y
formas asociativas de ejecución de estos programas
de vivienda.
Que el 23 de noviembre de 2012, el Alcalde Mayor de
Bogotá expidió el Decreto 539 “Por el cual se regla-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba