RESOLUCION 426 RD 5620 - 25 de Junio de 2015 - Registro distrital - Legislación - VLEX 577538826

RESOLUCION 426 RD 5620

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5620 25 JUNIO 2015
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 49 • Número 5620 • pP. 1-3 • 2015 • JUNIO 25
Que el citado Convenio de Asociación tendrá por
Objeto “Aunar esfuerzos técnicos, administrati-
vos y financieros para estructurar e implementar
estrategias que fortalezcan el producto turístico
cultural de la ciudad”.
Que el valor total del convenio es la suma de CIEN-
TO SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS
VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS
M/CTE. ($166.326.680).
Que el valor de los aportes que realizará el INSTITUTO
DISTRITAL DE TURISMO - IDT al Convenio de Aso-
ciación será la suma de $137.191.000,oo en dinero y
la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA la suma
$29.135.680 en especie, tal como se indica en el anexo
técnico que hace parte integral de la presente.
Que el INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO – IDT,
expidió el Certicado de Di sponibilidad Presupues -
tal No. 253 del 03 de junio de 2015 por valor de
$137.191.000,oo, con el n de amparar los recursos en
dinero aportados al Convenio de Asociación a suscribir,
el cual hace parte integral del expediente.
Que el subdirector de Gestión de Destino del IDT cer-
ticó la idoneidad y experiencia del asociado para la
ejecución del presente convenio, tal como consta en
formato que hace parte integral del expediente.
Que el INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO – IDT
- vericó todos y cada uno de los requisitos exigidos
por la ley necesarios para la suscripción del Convenio.
Que la SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO
ECONOMICO emite la presente resolución recomen-
dando previamente al INSTITUTO DISTRITAL DE
TURISMO – IDT, revisar las excepciones previstas en
el artículo 2 de Decreto 777 de 1992.
Que por lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Autorizar al INSTITUTO DISTRITAL
DE TURISMO – IDT, a través de su representante
legal, para celebrar un Convenio de Asociación con la
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA, identicada
con N.I.T. No. 860.013.720-1, cuyo objeto es “Aunar
esfuerzos técnicos, administrativos y nancieros para
estructurar e implementar estrategias que fortalezcan
el producto turístico cultural de la ciudad”.
ARTÍCULO 2°: El valor total del convenio que se
autoriza a celebrar asciende a la suma de CIENTO
SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS
VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS OCHENTA PESOS
M/CTE. ($166.326.680), de los cuales el INSTITUTO
DISTRITAL DE TURISMO - IDT, aportará la suma de
$137.191.000,oo en dinero según el Certicado de
Disponibilidad Presupuestal No. 253 del 03 de junio
de 2015. Los demás recursos serán aportados por el
asociado la PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
en especie, de conformidad con la parte considerativa
de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º: La presente Resolución surte efectos
a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los dieciocho (18) días
del mes de junio de dos mil quince (2015).
CARLOS FIDEL SIMANCAS NARVÁEZ
Secretario de Desarrollo Económico
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
Resolución Número 426
(Junio 16 de 2015)
“Por la cual se modifica la Resolución
No. 766 de 2014”.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO
DISTRITAL DE RECREACION Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el Acuerdo 04 de 1978, la
resolución 131 de 2006 y,
CONSIDERANDO:
ne: “PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS. Los
servicios públicos son inherentes a la nalidad social
del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación
eciente a todos los habitantes del territorio nacional.
Los servicios públicos estarán sometidos al régimen
jurídico que je la ley, podrán ser prestados por el
Estado, directa o indirectamente, por comunidades
organizadas, o por particulares. En todo caso, el Es-
tado mantendrá la regulación, el control y la vigilancia
de dichos servicios. (...)
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo
10º del Acuerdo Distrital 57 de 2002, expedido por el
Concejo de Bogotá, son de obligatorio cumplimiento,
las políticas, estrategias y recomendaciones de la
Comisión Distrital de Sistemas – CDS.
Que el Alcalde Mayor de Bogotá D.C., mediante la
Directiva 05 de 2005, estableció, las “Políticas Gene-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR