RESOLUCION 022 RD 5006 - 16 de Noviembre de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435176546

RESOLUCION 022 RD 5006

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5006 16 NOVIEMBRE 2012
EmisorContraloria de Bogota
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 5006 • pP. 1-11 • 2012 • NOVIEMBRE 16
con código PZ-11-0214 se calculará de conformidad
con lo reglamentado en el Decreto 155 de 2004, la
Resolución 240 de 2004 del Ministerio de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial, el Decreto 4742 de
2005, la Resolución DAMA 1193 del 18 de mayo de
2005 y las demás que adopten o modiquen esta
metodología.
PARÁGRAFO PRIMERO.- Para efectos de la liqui-
dación de la tasa por uso de aguas. El concesionario
deberá registrar mensualmente el volumen consumido
y radicar los resultados en esta Entidad trimestralmente
en el formato de auto liquidación, dentro de los cinco
(5) días hábiles del mes siguiente del vencimiento de
cada trimestre - enero, - abril, - julio y octubre.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- En caso de no enviar la
información a que hace referencia el parágrafo primero
de este artículo, el cobro se hará por el caudal conce-
sionado, de acuerdo a lo establecido en el Parágrafo
del artículo 12 del Decreto 155 del 2004 expedido
por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial.
PARÁGRAFO TERCERO.- La sociedad concesionaria
deberá cancelar dentro del plazo establecido en la
cuenta de cobro a órdenes de la Tesorería Distrital, el
pago correspondiente a la tarifa de la tasa. Una vez
vencido este plazo la Entidad podrá cobrar los créditos
exigibles a su favor a través de la Jurisdicción Coactiva.
ARTÍCULO NOVENO.- Fijar este acto administrativo
en lugar público de la Entidad y publicarla en el Boletín
que para el efecto disponga la Secretaría. Lo anterior
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 71 de
ARTÍCULO DÉCIMO.- Publicar el contenido de la pre-
sente Resolución; en el Registro Distrital, ubicado en
la Calle 11 Sur No. O - 60 Este de la Ciudad, de con-
formidad con el artículo 63 del Decreto 1541 de 1978.
PARÁGRAFO. Dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes a la fecha de la ejecutoria de esta Reso-
lución, el concesionario deberá presentar ante la Se-
cretaria Distrital de Ambiente, el recibo de pago de la
publicación en el Registro Distrital. Igualmente, en un
término de diez (10) días hábiles contados a partir de
la publicación en el Registro Distrital, deberá allegar
un ejemplar del mismo, con destino al expediente No.
DM-01- 2001-101.
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Noticar la presen-
te Resolución a la Institución de Educación Superior
ESCUELA COLOMBIANA DE INGENIERIA JULIO
GARAVITO, a través de su representante legal eI
señor MAURICIO VELA PRIETO, identicado con la
cédula de ciudadanía No. 19.282.703 de Bogotá, o
quien haga sus veces, en la Avenida Carrera 45 No.
205-59 (Autopista Norte, Kilometro 13) de esta ciudad.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- Contra la presente
Resolución procede el recurso de reposición en los
términos establecidos en los artículos 51 y 52 del
de 1984 y sus modicaciones).
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá a los quince (15) días del mes de
septiembre del 2012.
JULIO CESAR PULIDO PUERTO
Direccion de Control Ambiental
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D. C.
Resolución Reglamentaria
Número 022
(Noviembre 14 de 2012)
“Por la cual se modican unos Procedimientos
de los Procesos de Gestión de Recursos Físicos
y Financieros y de Gestión Humana”.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constituciona-
les, legales y las conferidas por el Acuerdo 361
de 2009, y
CONSIDERANDO:
De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de
la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas
para el ejercicio de control interno en las entidades y
organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”,
se deben implementar como elementos del Sistema
de Control Interno Institucional la denición de políti-
cas como guías de acción y procedimientos para la
ejecución de procesos, así como, la simplicación y
actualización de normas y procedimientos.
El MECI adoptado en la Contraloría de Bogotá median-
te la Resolución Reglamentaria 013 de 12 de junio de
2006, contiene entre otros elementos del subsistema
de control de gestión, los procedimientos, conforma-
dos por el conjunto de especicaciones, relaciones y
ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con
las actividades de un proceso controlando las acciones
que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá,

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