RESOLUCION 728 RD 4466 - 23 de Julio de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438732822

RESOLUCION 728 RD 4466

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4466 23 JULIO 2010
EmisorSecretaria Distrital del Hábitat
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4466 • pP. 1-1 • 2010 • JULIO 23
RESOLUCIÓN DE 2010
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 44
Número 4466
2010 JULIO 23
SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT
Resolución Número 728
(Julio 22 de 2010)
“Por medio de la cual se delegan algunas fun-
ciones relacionadas con el Subsidio Distrital de
Vivienda y se dictan otras disposiciones”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo
Distrital 257 de 2006, los Decretos 121 de 2008 y
063 de 2009, el artículo 9º de la Ley 489 de 1998,
y demás normas concordantes, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 112 del Acuerdo 257 de 2006
del Concejo de Bogotá mediante el cual se denió la
estructura de las entidades y organismos del Distrito
Capital se creó la Secretaría Distrital del Hábitat, y
se denió como entidad vinculada a ésta la Empresa
Industrial y Comercial Metrovivienda.
Que el Decreto Distrital 121 de 2008 “Por medio del
cual se modica la estructura organizacional y las fun-
ciones de la Secretaría Distrital del Hábitat”, asignó a
la Secretaría entre otras funciones la de “Formular la
política y diseñar los instrumentos para la nanciación
del hábitat, en planes de renovación urbana, mejora-
miento integral de los asentamientos, los subsidios a
la demanda y la titulación de predios en asentamientos
de vivienda de interés social.”
Que a nivel Distrital, a través del Decreto 226 del 15 de
julio de 2005, la Administración adoptó y reglamentó
el otorgamiento del Subsidio de Vivienda, asignándole
esta competencia en un principio a la Empresa Indus-
trial y Comercial del Distrito Capital “METROVIVIEN-
DA”, entidad que a través de los Acuerdos 034; 035,
037 y 038 de 2007, adoptó el Reglamento Operativo
del Subsidio Distrital de Vivienda y posteriormente, a
través del Decreto Distrital 583 del 19 de diciembre de
2007 se modicaron los Decretos 226 de 2005, 200
de 2006 y 303 de 2007, asignándole a la Secretaría
Distrital del Hábitat la competencia para otorgar y ad-
ministrar los recursos del Subsidio Distrital de Vivienda
en sus diferentes modalidades.
Que mediante el Decreto Distrital 063 de 2009 “Por el
cual se reglamenta el otorgamiento del Subsidio Distri-
tal de Vivienda”, se asignó a la Secretaría Distrital del
Hábitat la función de administrar y otorgar los recursos
destinados para tal n y jar la política aplicable y el
artículo 10 del citado decreto contempló el régimen de
transición para el otorgamiento del Subsidio Distrital
de Vivienda en los siguientes términos:
“Artículo 10°. Régimen de transición.- Las entidades
que hayan iniciado trámites para la asignación del
Subsidio Distrital de Vivienda, con anterioridad a la
expedición del Decreto 583 de 2007, mantendrán su
competencia para adelantar las acciones necesarias
hasta su culminación, inclusive la resolución de los
recursos por la vía gubernativa; para estos efectos,
se concede un término de un (1) año contado a partir
de la publicación del presente Decreto.
Parágrafo 1°: Las anteriores acciones serán coordi-
nadas por la Secretaría Distrital del Hábitat.
Parágrafo 2°: La asignación y desembolso de los
Subsidios Distritales de Vivienda que se efectúe con
ocasión del presente artículo transitorio, se realizará
dando aplicación a las normas vigentes a la fecha de
postulación de los hogares”.
Que en virtud de lo anterior, Metrovivienda como
entidad encargada del otorgamiento del Subsidio Dis-
trital de Vivienda con anterioridad a la expedición del
Decreto 063 de 2009, ha adelantando las actuaciones

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