RESOLUCION 724 RD 4520 - 14 de Octubre de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438733614

RESOLUCION 724 RD 4520

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4520 14 OCTUBRE 2010
EmisorUnidad Administrativa de Servicios Públicos - Uaesp
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4520 • pP. 1-1 • 2010 • octubre 14
RESOLUCIONES DE 2010
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 44
Número 4520
2010 octubre 14
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Número 724
(Octubre 11 de 2010)
“Por la cual se adopta el reglamento para
la concesión del manejo y operación del
relleno sanitario Doña Juana”
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS
PÚBLICOS - UAESP -
En uso de sus facultades legales y
reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que conforme al Acuerdo 257 de 2006 La UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚ-
BLICOS UAESP, entidad distrital de carácter emi-
nentemente técnico y especializado, con personería
jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y
con patrimonio propio, adscrita a la Secretaria Distrital
del Hábitat, tiene por objeto garantizar la prestación,
planeación, coordinación, supervisión y control de los
servicios de recolección, transporte, disposición nal,
reciclaje y aprovechamiento de residuos sólidos, la
limpieza de vías y áreas públicas; los servicios fune-
rarios en la infraestructura del Distrito y el servicio de
alumbrado público.
Que a la UAESP en particular le fue otorgada la función
de diseñar las estrategias, planes y programas para
el manejo integral de los residuos sólidos, alumbrado
público y servicios funerarios; dirigir y coordinar la pres-
tación de los servicios propios del manejo integral de
los residuos sólidos, el servicio de alumbrado público
y los servicios funerarios y realizar el seguimiento y la
evaluación de los servicios propios del manejo integral
de los residuos sólidos, alumbrado público y servicios
funerarios.
Que uno de los componentes del servicio público de
aseo es la Disposición Final de Residuos Sólidos, cuyo
manejo integral en Bogotá Distrito Capital se realiza
en el Relleno Sanitario Doña Juana (RSDJ) por ope-
radores vinculados mediante contratos de concesión
y/u operación.
Que mediante Decreto 504 de fecha 31 de Octubre
de 2007 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, se
ordenó Derogar el Decreto 608 de 1994, por medio del
cual se adoptó el antiguo reglamento para la conce-
sión del manejo y operación del relleno sanitario Doña
Juana, debido a la “antigüedad de dicho reglamento”.
Que en el mismo Decreto 504 de fecha 31 de Octubre
de 2007, se ordenó a la Unidad Administrativa Especial
de Servicios Públicos, “adoptar mediante Resolución,
el Reglamento para la concesión del manejo y opera-
ción del relleno sanitario Doña Juana, que garantice
la prestación eciente y continua del servicio integral
de aseo del cual forma parte el proceso de disposición
nal que se realiza en el relleno sanitario Doña Juana”.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTICULO 1°. Adoptar el nuevo reglamento para la
Concesión del Relleno Sanitario Doña Juana, así:
TITULO I - GENERALIDADES
CAPITULO I - ASPECTOS GENERALES
ARTÍCULO 2º. Ámbito de aplicación. La presente
Resolución aplica a todas las actividades de manejo y
operación de residuos sólidos realizados por los Opera-
dores y la UAESP, en el Relleno Sanitario Doña Juana,
así como a todas las personas que ingresen al mismo.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4520 • pP. 1-2 • 2010 • octubre 14
2
ARTÍCULO 3°. Fines.1 La disposición nal de residuos
sólidos en el Distrito Capital, forma parte del servicio
integral de aseo y busca los siguientes nes:
1. Garantizar la calidad de la disposición nal de los
residuos sólidos, para asegurar el mejoramiento
de la calidad de vida de los usuarios.
2. Prestar continua e ininterrumpidamente el servi-
cio, sin excepción alguna, salvo cuando existan
razones de fuerza mayor o caso fortuito.
3. Prestar el servicio en forma eciente y ecaz.
4. Obtener economías de escala que benecien a la
colectividad.
5. Garantizar la participación ciudadana en el segui-
miento y scalización de la prestación del servicio.
ARTÍCULO 4º. Principios ambientales.2 La disposición
nal de residuos sólidos en el relleno sanitario Doña
Juana se realizará siguiendo los principios ambientales
previstos en la Constitución y en la Ley, en particular:
Las políticas de población tendrán en cuenta el
derecho de los seres humanos a una vida salu-
dable y productiva en armonía con la naturaleza.
Los estudios de impacto ambiental serán el
instrumento básico para la toma de decisiones
respecto a la construcción de obras y actividades
que afecten signicativamente el medio ambiente
natural o articial.
La prevención de desastres es de interés colec-
tivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar
los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio
cumplimiento.
ARTÍCULO 5º. Principios de la administración del
servicio.3 Las entidades y personas, naturales o jurí-
dicas, que participen en la gestión y operación de la
disposición nal de residuos sólidos en Bogotá D.C.,
desarrollarán sus actividades conforme a los principios
que orientan la gestión administrativa, en particular los
atinentes a la buena fe, moralidad, celeridad, econo-
mía, imparcialidad, ecacia, eciencia, participación,
publicidad, responsabilidad y transparencia.
ARTÍCULO 6º. Deniciones. Para los efectos del pre-
sente decreto se adoptan las siguientes deniciones.
Acelerógrafos: Son instrumentos aptos para registrar
la sacudida violenta del terreno. Registran tres com-
ponentes del movimiento: dos horizontes ortogonales
ntre si, y una componente vertical.
Aprovechamiento: Proceso mediante el cual, a
través de un manejo integral de los residuos sólidos,
los materiales recuperados se reincorporan al ciclo
económico y productivo de forma eciente, por medio
de la reutilización, el reciclaje la incineración con nes
de generación de energía, el compostaje o cualquier
otra modalidad que conlleve benecios sanitarios,
ambientales, sociales y/o o económicos.
Área de descargue: Área con la cual contará el ope-
rador de disposición nal para realizar las actividades
de recepción, extendido, disgregación y compactación
de los residuos. Los vehículos recolectores sólo podrán
entregar los residuos y realizar la evacuación de los
lixiviados en ésta área.
Báscula: Es el mecanismo para pesar los vehículos
que ingresan con residuos sólidos al relleno sanitario.
Biodegradable: Propiedad de toda materia orgánica,
de poder ser metabolizada por medios biológicos y
transformadas en cuerpos más simples.
Caracterización de residuos sólidos: Determinación
de las características cualitativas y cuantitativas resi-
duo sólido, identicando contenidos y propiedades de
interés con una nalidad especíca.
Biogás: Mezcla de gases resultantes de la descom-
posición en condiciones anaerobias de la materia
orgánica entre los cuales se destacan: Metano (CH4),
Dióxido de Carbono (CO2), Nitrógeno (N2), Ácido
Sulfhídrico (H2S).
Biosólido: Lodo proveniente del tratamiento de aguas
residuales municipales, estabilizados biológicamente.
Celda diaria: Es el volumen de residuos sólidos que
ingresan al relleno sanitario en un día.
Cierre: El cierre o cobertura nal hace parte de la
operación y mantenimiento del relleno y constituye el
sellado denitivo del relleno. Se construirá a medida
que se alcancen los niveles nales en cada terraza
del relleno y su nalidad es impedir el ingreso de
aguas lluvias a la masa de residuos, para minimizar
la producción de lixiviados y evitar el incremento en la
presión de poros, lo que incide favorablemente en la
estabilidad del relleno. Así mismo, evitar la proliferación
de olores y vectores, constituyéndose en la base para
la recuperación paisajística de la zona. El proceso
constructivo de cierre o cobertura nal, se realiza en
dos etapas. Ver Artículo 32° del Reglamento Técnico.
Chimenea para extracción de gases: Es el sistema
denido para permitir la salida del gas del relleno sani-
tario y que se genera en los distintos niveles, producto
del proceso de descomposición de los residuos sólidos.
1. En armonía con lo establecido en la Ley 142 de 1994.
2. En armonía con lo establecido en la Ley 99 de 1993.
3. En armonía con lo establecido en la Ley 489 de 1998
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4520 • pP. 1-3 • 2010 • octubre 14
Clausura: Inicia una vez se termine la segunda etapa
del cierre o cobertura nal y comprende todas aquellas
acciones que se deben adelantar para garantizar unas
condiciones seguras de cierre, desde el punto de vista
técnico y ambiental. La clausura termina hasta tanto
se logre la estabilización biológica del relleno y se
considera que esta se ha logrado cuando se ha pro-
ducido más del 95% del volumen de biogás esperado,
o cuando en los lixiviados la relación de DBO5/DQO
es menor a 0.1, la DQO es menor de 1.000 mg/l y la
DBO5 menor a 100 mg/l, lo que puede ocurrir en un
periodo de 15 a 20 años.
Cobertura temporal: Es la capa de material removible
natural o sintético para cubrir los residuos sólidos con-
formados y compactados, para minimizar la inltración
de aguas lluvias y mitigar la generación de olores, la
proliferación de vectores y el incremento en la gene-
ración de lixiviados.
Compactación: Es la acción de comprimir los residuos
mediante equipo especializado, buscando con ello
reducir su volumen para ocupar menor espacio en el
relleno sanitario.
Computador a bordo (ordenador a bordo): Dispositi-
vo electrónico para almacenar y recibir datos y realizar
cálculos. El ordenador de a bordo está instalado en
el vehículo de recogida de residuos. El ordenador de
a bordo transere los datos desde/hacia dispositivos
sensores desde/hacia el centro de procesamiento de
datos.
Comunicación inalámbrica: método de conexión
de alta denición en la que no se utiliza un medio de
propagación físico.
Contaminación: La presencia en el ambiente de uno
o más sustancias, o cualquier combinación de ellos,
que lo alteren, perjudiquen la vida, la salud, el bienes-
tar humano, la ora, la fauna, o que constituyan una
molestia o degraden la calidad del aire, agua, suelo o
del ambiente en general.
Control: Conjunto de actividades tendiente a que el
manejo de los residuos sólidos se realice en forma
técnica, de acuerdo con el Reglamento, el Contrato y
sus documentos anexos.
Deciencia: Carencia de alguna característica pro-
pia de la prestación del servicio y de sus actividades
conexas.
Disposición nal: Es el proceso de aislar y connar
los residuos sólidos en especial los no aprovechables,
en forma denitiva, en lugares especialmente selec-
cionados y diseñados para evitar la contaminación, y
los daños o riesgos a la salud humana y al ambiente.
Ensayos físico-químicos: Procedimiento por el cual
se logra conocer la composición física y química de
una materia objeto del estudio.
Escorrentía: Es el desplazamiento de agua lluvia
sobre la supercie del terreno natural o zona rellenada
Estudio de Impacto Ambiental: Es el estudio que
busca identicar cualquier alteración en el sistema
ambiental biótico, abiótico y socioeconómico, que sea
adverso o benecioso, total o parcial, que pueda ser
atribuido al desarrollo de un proyecto, obra o actividad,
dentro del cual se formula el Plan de Manejo Ambiental.
Filtros para la captación y conducción de lixivia-
dos: Sistema diseñado para captar y conducir el lixivia-
do fuera de la masa de los residuos sólidos dispuestos
hasta el sistema de tratamiento de lixiviados.
Frente de trabajo: Área dentro del relleno sanitario, en
donde se desarrollan todas las actividades inherentes
a la disposición de residuos sólidos.
Generación: Cantidad de desechos sólidos originados
por una determinada fuente en un intervalo de tiempo
dado.
Identicación (ID): Proceso que consiste en un reco-
nocimiento y vericación preciso de un contenedor de
residuos mediante la lectura de un soporte de datos.
Impermeabilización: Es el sistema diseñado técni-
camente a n de impedir migraciones de lixiviado y
agua hacia el suelo base interior del relleno sanitario.
Interfaz: Frontera que une dos sistemas. Nota: la inter-
faz podría ser de tipo mecánico, eléctrico, de datos, etc.
En un sistema de identicación y pesaje de residuos,
existen interfaces entre el contenedor y los dispositivos
de detección; entre los dispositivos de detección y del
ordenador de abordo; y entre el ordenador de a bordo
y el centro de procesamiento de datos.
Lectura de datos: Proceso de recuperación de datos
a partir de un medio susceptible de ser leído por una
máquina y, según convenga, la dirección del control
de la gestión de la contención y de los errores, y la
descodicación de canales y fuentes requerida para
recuperar y comunicar los datos que se introducen en
el origen.
Lixiviado: Líquido residual generado en la descom-
posición bioquímica de la basura o como resultado de
la percolación de agua a través de los desechos en
proceso de degradación.
Maquinaria rodante de construcción o minería:
Vehículo automotor destinado exclusivamente a obras
industriales, incluidas las de minería, construcción,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR