RESOLUCION 1209 RD 4508 - 27 de Septiembre de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438734058

RESOLUCION 1209 RD 4508

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4508 27 SEPTIEMBRE 2010
EmisorSecretaria de Gobierno
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4508 • pP. 1-1 • 2010 • SEPTIEMBRE 27
RESOLUCIÓN DE 2010
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 44
Número 4508
2010 SEPTIEMBRE 27
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE BOGOTÁ D.C.
Resolución Número 1209
(Septiembre 17 de 2010)
“Por medio de la cual se adopta el Marco Estra-
tégico del Sector Gobierno, Seguridad y Convi-
vencia”.
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
DE BOGOTÁ D.C. (E.)
En ejercicio de sus atribuciones legales, en es-
pecial de las conferidas por la Ley 489 de 1998,
el Acuerdo 257 de 2006, la resolución 799 de
2008 y demás normas concordantes,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el Artículo 209 de la Constitución
Política “La función administrativa está al servicio de los
intereses generales y se desarrolla con fundamento en
los principios de igualdad, moralidad, ecacia, econo-
mía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la
descentralización, la delegación y la desconcentración
de funciones. Las autoridades administrativas deben
coordinar sus actuaciones para el adecuado cumpli-
miento de los nes del Estado.
Que de conformidad con el inciso 4º del artículo 39 de
la Ley 489 de 1998, “las secretarías de despacho y los
departamentos administrativos son los organismos
principales de las Administración en el correspondiente
nivel territorial”, razón por la cual y tomando en cuenta
la delegación mencionada, tienen la responsabilidad de
darle cumplimiento a lo dispuesto por la ley en relación
con el Sistema de Desarrollo Administrativo.
Que el artículo 48 de la Ley 190 de 1995 señala que
“ todas las entidades públicas de la Rama Ejecutiva
deberán establecer, a más tardar el treinta y uno (31)
de diciembre de cada año, los objetivos a cumplir
para el cabal desarrollo de sus funciones durante el
año siguiente, así como los planes que incluyan los
recursos presupuestados necesarios y las estrategias
que habrán de seguir para el logro de esos objetivos,
de tal manera que los mismos puedan ser evaluados
de acuerdo con los indicadores de eciencia que se
diseñen para cada caso”.
Que el artículo 12 del Decreto 2145 de 1999, concibe
la Planeación como una herramienta gerencial que
articula y orienta las acciones de la entidad, para el
logro de los objetivos institucionales en cumplimiento
de su misión particular y los nes del Estado en ge-
neral, es el principal referente de la gestión y marco
de las actividades del control interno puesto que a
través de ella se denen y articulan las estrategias,
objetivos y metas.
Que el mismo artículo dispone que las herramientas
mínimas de planeación adoptadas en el Estado, apli-
cables de manera exible en los diferentes sectores y
niveles de la administración pública, de acuerdo con
la naturaleza y necesidades corporativas y en ejercicio
de la autonomía administrativa se enmarcan en el Plan
Nacional de Desarrollo, Plan de Inversiones, Planes
de Desarrollo Territorial, Plan Indicativo y los Planes
de Acción Anuales.
Por otro lado, el mencionado artículo señala que el
Nivel Directivo tiene la responsabilidad de establecer
las políticas y objetivos a alcanzar en el cuatrienio y
dar los lineamientos y orientaciones para la denición
de los planes de acción anuales;
Que los artículos 209 de la C.P, artículo 3 de la Ley
489 de 1998 y el artículo 3º. del Código Contencioso
Administrativo, establecen que la función administra-
tiva se desarrolla con fundamento en los principios
de buena fe, igualdad, moralidad, ecacia, economía,
celeridad, imparcialidad, eciencia, participación, pu-
blicidad, responsabilidad y transparencia, por lo cual

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