RESOLUCION 0046 RD 3049 - 20 de Febrero de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448645466

RESOLUCION 0046 RD 3049

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3049 20 FEBRERO 2004
EmisorDepartamento Administrativo de Catastro Distrital
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3049 • pP. 1-16 • 2004 FEBRERO 20
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Por lo tanto, para una implantación progresiva y coordi-
nada de este mecanismo, ella se realizará teniendo
como fecha límite el veintinueve (29) de febrero de 2004.
PARÁGRAFO PRIMERO. Exceptuase de la obligación
señalada en el presente artículo, los vehículos
prestadores del servicio de transporte público colectivo
de pasajeros en el Distrito Capital cuya vida útil finalice
antes del 30 de junio de 2004
PARAGRAFO SEGUNDO. Para los vehículos cobija-
dos por la excepción prevista en el parágrafo anterior la
prestación del servicio estará restringida a una única
ruta. Para los efectos aquí previstos y en concordancia
con el plan de rodamiento, la empresa deberá determi-
nar la ruta que cada vehículo prestará teniendo en cuenta
los criterios que se señalan a continuación:
1. Se determinará una sola ruta por cada clase de vehí-
culo (bus, buseta, microbús)
2. Todos los buses, busetas o microbuses deberán ser
asignados a la ruta previamente señalada de acuerdo
con su clase.
3. Para asignar los vehículos contemplados por el pa-
rágrafo primero se deberá cumplir con la clase y la can-
tidad de equipos previamente autorizados a la empresa
para servir la correspondiente ruta
PARÁGRAFO TERCERO. Para el cumplimiento de la
obligación señalada en el parágrafo anterior, las empre-
sas deberán enviar en el formato y medio que la Secre-
taría de Tránsito y Transporte de Bogotá determine y
antes del día 29 de febrero del 2004 el listado de las
placas y ruta a la que quedarán asignados los vehícu-
los hasta el vencimiento de su vida útil.
PARÁGRAFO CUARTO. Los vehículos que prestan el
servicio de transporte público colectivo de pasajeros
en el Distrito Capital cuya vida útil termina antes del 31
de junio de 2004 y que a la fecha de expedición de la
presente resolución ya portan la tarjeta electrónica de
operación, podrán transitar sin restricción de corredo-
res o rutas de acuerdo con el plan de rodamiento y los
permisos expedidos a la empresa a la que se encuen-
tren vinculados.
PARÁGRAFO QUINTO. Corresponderá a la autoridad
de tránsito y transporte del Distrito realizar el corres-
pondiente control en vía a fin de garantizar el cumpli-
miento a lo previsto en la presente Resolución."
ARTICULO 2º.- Vigencia. La presente resolución rige
a partir de la fecha de su publicación y deroga las
disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 13 días del mes
de Febrero de 2004
CARLOS EDUARDO MENDOZA LEAL
Secretario de Tránsito y Transporte de Bogotá
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE
CATASTRO DISTRITAL
Resolución Número 0046
(Febrero 17 de 2004)
POR LA CUAL SE CORRIGE PARA LA VIGENCIA
2004 UNOS ERRORES DE DIGITACION PLASMA-
DOS EN EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN 1262 DE
2003, RESPECTO DE UNOS PREDIOS UBICADOS
EN BOGOTA DISTRITO CAPITAL.
EL DIRECTOR (E) DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL,
en ejercicio de las atribuciones que le confiere la
Ley 14 de 1983, el Decreto Reglamentario 3496 de
1983, el Acuerdo 1 de 1981, la Resolución 2555 de
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución 033 de enero 21 de 2003,
proferida por la Dirección del Departamento Adminis-
trativo de Catastro Distrital, se ordenó la continuación
y apertura de las labores del proceso de Actualización
Catastral vigencia 2004, que incluyó entre otros los pre-
dios que más adelante se relacionan.
Que al incorporar en el sistema la información de tales
predios, luego de surtidas las actividades del proceso
de Actualización Catastral, se presentaron los errores
de digitación que seguidamente se describen, los cua-
les trajeron como resultado inconsistencias en los
avalúos catastrales. Estos yerros fueron detectados
dentro del proceso de depuración adelantado por la Di-
visión de Actualización - ver comunicaciones anexas -
, permitiendo advertir que el avalúo catastral vigencia
2004 no es el que realmente corresponde.

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