RESOLUCION 701 RD 6218 - 18 de Diciembre de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 699447161

RESOLUCION 701 RD 6218

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6218 18 DICIEMBRE 2017
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6218 • pP. 1-3 • 2017 • DICIEMBRE 18
ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el contenido del
presente acto administrativo a la Subdirección Finan-
ciera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C., para los efectos pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: Contra el presente acto admi-
nistrativo no proceden recursos.
ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del
mes de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
JUAN CARLOS SÁNCHEZ MERA
Subsecretario Corporativo (E)
Resolución Número 701
(Diciembre 14 de 2017)
“Por medio de la cual se determina el no
requerimiento de pagos y se liberan unos saldos
presupuestales”
EL SUBSECRETARIO CORPORATIVO (E) DE
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades legales y
reglamentarias en especial las que le confiere
el artículo 60 del Decreto 854 del 2001, y los
artículos 1 y 2 de la Resolución 206 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que las Secretarías de Despacho y los Departamentos
Administrativos, como entidades ejecutoras que confor-
man el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tienen
la capacidad de contratar y comprometer a nombre de
la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el
gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas
en su presupuesto.
Que de conformidad con los artículos 1º y 2° de la Re-
solución No. 206 del 19 de mayo de 2017, la facultad
de ordenación de gasto de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para estos efectos fue
delegada en el Subsecretario Corporativo.
Que la Ley 1562 del 2012, “Por la cual se modica el
Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras dispo-
siciones en materia de Salud Ocupacional.”, señaló en
su artículo 2 “Modifíquese el artículo 13 del Decreto-
ley 1295 de 1994, el cual quedará así: Artículo 13.
Aliados. Son aliados al Sistema General de Riesgos
Laborales: a) En forma obligatoria: (…)5. Los trabaja-
dores independientes que laboren en actividades
catalogadas por el Ministerio de Trabajo como
de alto riesgo. El pago de esta afiliación será por
cuenta del contratante. (…)” (Negrilla y subrayado
fuera de texto).
Que el 23 de abril de 2013, la Administradora de Ries-
gos Laborales Positiva Compañía de Seguros S.A./
ARL, visitó a la entidad con el n de realizar el estudio
técnico de reclasicación de la actividad económica y
separación de centros de trabajo, y concluyó que la ac-
tividad económica principal era la 1751201 - Empresas
dedicadas a actividades ejecutivas de la administración
pública en general.
Que producto de este estudio técnico de reclasica-
ción determinó que para la Alta Consejería para los
Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación
la clase de riesgo es V, con una tarifa 6.960%.
Que por tal razón, la Dirección de Gestión Corporativa,
hoy Subsecretaría Corporativa, expidió la Resolución
53 del 5 de febrero de 2015, y dispuso en su artículo
primero “Ordenar el pago mensual del valor correspon-
diente a los riesgos profesionales de los contratistas
que prestan sus servicios para la ocina de la Alta
Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y
la Reconciliación de la Secretaría general de la Alcaldía
Mayor de Bogotá D.C., que se encuentren clasicados
con riesgo V, de acuerdo con las disposiciones legales
vigentes y de conformidad con el listado que realice
la jefe de la referida ocina en al cual se indicaran los
nombres, Cedula de ciudadanía, ingreso mensual y
ARL a la que se encuentran aliados.”
Que dando cumplimiento a la mencionada Resolución,
la Jefe de la Ocina de la Alta Consejería para los De-
rechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, con
base en los contratos de prestación de servicios que
se tenía proyectado suscribir en la vigencia 2015, de-
terminó un valor de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO
MILLONES DE PESOS ($154´000.000 ) m/cte para
cubrir los gastos de ARL, bajo los rubros 3-3-1-14-01-
06-0768 “Asistencia, Atención y Reparación integral a
las Víctimas del conicto armado interno en Bogotá,
D.C.,” y 3-3-1-14-03-29-0815, “Inclusión, reparación y
reconocimiento de los derechos de las víctimas para la
Paz y la Reconciliación”, expidiéndose la disponibilidad
presupuestal No.146 de 2015 y constituyéndose el
Certicado de Registro Presupuestal No. 103 de 2015.

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