RESOLUCION DSH-000123 RD 3744 - 19 de Abril de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445780414

RESOLUCION DSH-000123 RD 3744

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3744 19 ABRIL 2007
EmisorSecretaria de Hacienda
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3744 • pP. 1-2 • 2007 • ABRIL 19
2
nes administrativas de cobro que se adelantan por la
Dirección Distrital de Impuestos a través de sus de-
pendencias, se hace necesario delegar la competen-
cia funcional, teniendo la facultad de proferir y firmar
los actos administrativos de la Dirección Distrital de
Impuestos en relación con algunas actuaciones pro-
pias del proceso de cobro coactivo en el funcionario
relacionado en la parte resolutiva de esta resolución.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR en MARÍA CRIS-
TINA DURÁN AMAYA, identificada con cédula de
ciudadania Nº 63.505.618 de Bucaramanga y en
HÉCTOR OCTAVIO PARADA BALLÉN, identificado
con cédula de ciudadania Nº 79.263.250 de Bogotá,
quienes son funcionarios del nivel asesor (Código 105
- Grado 03 y 05, respectivamente), la competencia
funcional, teniendo la facultad de proferir y firmar, to-
dos los actos administrativos necesarios para realizar
las diligencias de secuestro que se adelanten dentro
los procesos de cobro coactivo, ello conforme a lo dis-
puesto en el Decreto Distrital 807 de 1993, al Estatuto
Tributario Nacional y al Código Procedimiento Civil, en
lo pertinente.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Comunicar a los citados fun-
cionarios de la presente resolución, en forma personal
o por edicto, informándole que contra esta no procede
recurso alguno, de conformidad con lo establecido en
el artículo 49 del Decreto 01 de 1984, Código Conten-
cioso Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO.- De conformidad con el inciso
2 del artículo 12 de la Ley 489 de 1998, la Directora
Distrital de Impuestos podrá en cualquier tiempo rea-
sumir la competencia funcional y revisar los actos
expedidos por el delegatario, con sujeción a las dispo-
ARTÍCULO CUARTO.- La presente resolución rige a
partir de la fecha de su expedición para todos sus efec-
tos y deroga todas las disposiciones que le sean con-
trarias y en especial la Resolución No. DDI-002018 del
1 de febrero de 2007.
Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días del
mes de abril de dos mil siete (2007).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
GLORIA NANCY JARA BELTRÁN
Directora Distrital de Impuestos
SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA DE BOGOTÁ
Resolución Número DSH-000123
(Abril 19 de 2007)
"Por la cual se modifica parcialmente la Resolu-
ción DSH-000530 del 27 de diciembre de 2006, por
medio de la cual se establecen los lugares,
plazos y descuentos para la presentación de las
declaraciones tributarias y el pago de los impues-
tos administrados por la Dirección Distrital de
Impuestos".
EL SECRETARIO DISTRITAL DE
HACIENDA DE BOGOTÁ
en uso de las facultades que le confieren los
artículos 16 y 130 del Decreto Distrital 807 de 1993
y el parágrafo 3º de los artículos 1 y 8 del Acuer-
do No. 26 del 29 de diciembre de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que con el fin de garantizar que los contribuyentes del
impuesto predial unificado puedan acogerse al descuen-
to por pronto pago del 10% se amplia el plazo de pre-
sentación de la declaración y pago con descuento para
los contribuyentes del sistema general y del sistema
simplificado del impuesto predial unificado para esta
vigencia.
En mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. El parágrafo del artículo cuar-
to de la Resolución DSH-000530 del 27 de diciembre
de 2006, quedará así:
PARÁGRAFO. Los contribuyentes del impuesto predial
unificado, que declaren y paguen la totalidad del im-
puesto liquidado por el año gravable 2007 a más tardar
el 19 de junio de 2007, tendrán derecho a un descuen-
to del 10% del impuesto a cargo.
ARTÍCULO SEGUNDO. El parágrafo 1º del artículo
quinto de la Resolución DSH-000530 del 27 de diciem-
bre de 2006, quedará así:
PARÁGRAFO 1º. Los contribuyentes del impuesto
predial unificado de predios que se encuentren dentro
de los rangos y estratos establecidos para el sistema
simplificado de pago, que paguen la totalidad del im-
puesto liquidado por el año gravable 2007 a más tardar
el 19 de junio de 2007, tendrán derecho a un descuen-
to del 10% del impuesto a cargo.
ARTÍCULO TERCERO. Vigencia. La presente Resolu-
ción rige a partir de su publicación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR