RESOLUCION 456 RD 4515 - 6 de Octubre de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438737078

RESOLUCION 456 RD 4515

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4515 6 OCTUBRE 2010
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4515 • pP. 1-1 • 2010 • octubre 6
RESOLUCIÓN DE 2010
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 44
Número 4515
2010 octubre 6
CULTURA RECREACIÓN Y DEPORTE INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACIÓN Y DEPORTE
Resolución Número 456
(Septiembre 29 de 2010)
“Por medio de la cual se modica el artículo
cuarto, quinto y sexto de la Resolución 023 de
2010, por medio de la cual se delegan funciones
en los procesos contractuales”
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DISTRITAL
DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de las facultades legales y estatutarias,
en especial las conferidas en el artículo 211 de
la Constitución Política, el artículo 12 de la Ley
80 de 1993, los artículos 7 y 14 del Decreto 679
de 1994, el artículo 37 y 122 del Decreto 2150 de
1995, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artícu-
lo 21 de la Ley 1150 de 2007, los artículo 87 y 89
del Decreto 2474 de 2008
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política, señala
que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y que se desarrolla con funda-
mento en los principios de igualdad, moralidad, eca-
cia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad,
mediante la descentralización, la desconcentración y
la delegación de funciones.
Que el Decreto 101 de 2010 delega en los Alcaldes lo-
cales la facultad para contratar ordenar gastos y pagos
con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo
Local, de acuerdo con la estructura establecida en el
Plan de Desarrollo Local.
Que de conformidad con lo establecido en la Ley 489
de 1998 artículos 2 Ámbito de Aplicación, artículos 9,
10 y 14 Modalidades de la Acción Administrativa, es
procedente la delegación de funciones entre entidades
públicas.
señala que la ley jará las Que el Artículo 12 de la Ley
80 de 1993 prevé que “Los jefes y los representantes
legales de las entidades estatales podrán delegar total
o parcialmente la competencia para celebrar contratos
y desconcentrar la realización de licitaciones o concur-
sos en los servidores públicos que desempeñen cargos
del nivel directivo o ejecutivo o sus equivalentes”.
Que en el Artículo 21 de la Ley 1150 de 2007 se adi-
cionó un inciso al Artículo 12 de la Ley 80 de 1993,
en el que se estableció que “En ningún caso, los jefes
y representantes legales de las entidades estatales
quedarán exonerados por virtud de la delegación de
sus deberes de control y vigilancia de la actividad
precontractual y contractual.”
Que mediante la misma norma se incorporó un pará-
grafo al Artículo 12 de la Ley 80 de 1993, en el que se
estableció que “Para los efectos de esta ley, se entien-
de por desconcentración la distribución adecuada del
trabajo que realiza el jefe o representante legal de la
entidad, sin que ello implique autonomía administrativa
en su ejercicio.” y que por tanto contra las actividades
cumplidas “… en virtud de la desconcentración admi-
nistrativa no procederá ningún recurso.”
Que la resolución 023 de 2010 expedida por la Direc-
ción General del IDRD, delegó funciones de los pro-
cesos contractuales, y en su Artículo Cuarto, Artículo
Quinto numeral 8º y Artículo Sexto numeral 7º, delegó,
en el Subdirector Técnico de Recreación y Deporte y
en el Subdirector Técnico de Construcciones, respec-
tivamente, la siguientes facultades:
“ARTÍCULO CUARTO. DELEGACIONES AL (LA)
SUBDIRECTOR(A) TÉCNICO(A) DE PARQUES.
Delegar el ejercicio de la facultad de celebrar contratos

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