RESOLUCION 397 RD 4495 - 8 de Septiembre de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438737118

RESOLUCION 397 RD 4495

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4495 8 SEPTIEMBRE 2010
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4495 • pP. 1-3 • 2010 • SEPTIEMBRE 8
Que conforme al numeral 7º del artículo 134 del Decre-
to Nacional 1469 de 2010, corresponde a la Comisión
de Veedurías de las Curadurías Urbanas de Bogotá
D.C., darse su propio reglamento.
Que a través de las Resoluciones 01 y 02 de 2007, la
Secretaría Distrital del Hábitat, en su calidad de presi-
dente de la Comisión de Veedurías de las Curadurías
Urbanas de Bogotá D.C., expidió el Reglamento Interno
para el mencionado órgano colegiado.
Que la Comisión de Veedurías de las Curadurías
Urbanas de Bogotá D.C., en sesión del 24 de junio de
2010, contando con el quórum necesario para tomar
este tipo de decisiones, estudió sometió a votación
y aprobó modicar el día establecido para adelantar
las sesiones de la Comisión y la forma de realizar la
convocatoria, tal como consta en el Acta No. 95 de
esa fecha.
Que en consecuencia, se procede a formalizar la
modicación al reglamento interno y por lo tanto se,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Modicar el artículo 3º de la Reso-
lución 01 de 2007, modicada por el artículo 1º de la
Resolución 02 de 2007, el cual quedará así:
“Artículo 3º.- Sesiones y Convocatorias: La Co-
misión se reunirá ordinariamente el último jueves de
cada mes a las ocho de la mañana (8.00 a.m.) en las
instalaciones de la Secretaría Distrital del Hábitat. Si
por motivos de fuerza mayor la Comisión no puede
sesionar en la fecha dispuesta ordinariamente para el
efecto, esa sesión podrá aplazarse únicamente hasta
por un término máximo de tres (3) meses.
La Comisión podrá ser convocada extraordinaria-
mente, cuando al menos tres (3) de sus miembros le
maniesten al Presidente de la Comisión la necesidad
de hacerlo, caso en el cual éste deberá enviar la ci-
tación por cualquier medio a todos los integrantes de
la Comisión, con una antelación no inferior a tres (3)
días hábiles a la fecha prevista para la correspondiente
reunión.
ARTÍCULO 2°. Vigencia.- La presente Resolución
rige a partir de la su publicación en el Registro Distrital
y 1º de la Resolución 02 de 2007 expedidas por la
Comisión de Veedurías de las Curadurías Urbanas
de Bogotá D.C.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los veinticinco (25) días
del mes de junio de dos mil diez (2010).
JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO
Secretaria Distrital del Hábitat
Presidente de la Comisión de Veedurías de
las Curadurías Urbanas
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
Resolución Número 397
(Agosto 26 de 2010)
“Por medio de la cual se adiciona y modica la
Resolución No. 638 del 3 de Diciembre de 2003”
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades constitucionales, lega-
les y estatutarias, en especial las que le conere
el artículo 6 del Acuerdo 4 de 1978, la Resolución
No. 001 de 2001 de la Secretaría de Hacienda de
la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y la Resolución
No. 000224 de 1996 y
CONSIDERANDO:
que la función administrativa debe estar al servicio
de los intereses generales y que se desarrolle con
fundamento en los principios de igualdad, moralidad,
ecacia, economía, desconcentración de funciones.
Que la gestión administrativa debe realizarse bajo
la estrategia de eciencia institucional para que el
Gobierno Distrital cumpla sus funciones con la mayor
efectividad y el menor costo posible, optimizando la
asignación y ejecución del gasto público dentro de un
escenario de recursos limitados.
Que el numeral 1º del artículo 6º del Acuerdo 4 de
1978, “Por el cual se crea el Instituto Distrital para
la Recreación y el Deporte”, establece dentro de las
funciones del Director: “Dictar los actos, realizar las
operaciones y los contratos que se requieran para el
buen funcionamiento del Instituto, de conformidad con
los Acuerdos del Concejo, las decisiones de la Junta
Directiva y las demás disposiciones estatutarias que
rigen la Entidad”.
Que la Resolución No. 000224 del 20 de junio de 1996
“Por la cual se establece el Manual para el Manejo
para el manejo administrativo de los bienes muebles
propiedad del Instituto Distrital para la Recreación y
el Deporte”, en el Artículo 2º dispone que la actualiza-
ción del Manual, se hará a través de la Subdirección
Administrativa y Financiera, con fundamento en las
normas legales vigentes.

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