RESOLUCION 0681 RD 3817 - 14 de Agosto de 2007 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445781854

RESOLUCION 0681 RD 3817

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3817 14 AGOSTO 2007
EmisorEmpresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 41 • Número 3817 • pP. 1-5 • 2007 • AGOSTo 14
pondiente que permita verificar la ocurrencia del hecho
que haya dado como resultado la pérdida total del ve-
hículo.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- CONTROLES ADMI-
NISTRATIVOS. La Secretaría Distrital de Movilidad como
autoridad distrital de tránsito y transporte, con el propósi-
to de implementar controles administrativos que garanti-
cen que el proceso de desintegración física se realiza
conforme con lo establecido en la normatividad vigente y
las disposiciones de la presente Resolución, podrá con-
tratar la supervisión general del proceso de desintegra-
ción o destinar los servidores públicos que considere
pertinente, para implementar mecanismos e instrumen-
tos de control en el proceso de desintegración, quienes
realizarán visitas en el sitio de ubicación de la planta
desintegradora los días en que se realice dicha actividad
sobre los vehículos de transporte público.
La entidad desintegradora contará con un soporte foto-
gráfico o audiovisual de los procesos adelantados en
la correspondiente planta, el cual se dejará a disposi-
ción de la auditoría o quien ejerza la supervisión gene-
ral del proceso.
Las entidades desintegradoras actualmente habilitadas
contarán con treinta (30) días calendario a partir de la
vigencia de la presente resolución para adoptar los
Certificados de Desintegración Total en papel de segu-
ridad que permita garantizar la confiabilidad del docu-
mento. Las condiciones de seguridad serán aproba-
das por la Secretaría Distrital de Movilidad.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- RÉGIMEN DE TRAN-
SICIÓN. Adóptanse las siguientes medidas de transi-
ción para la desintegración de vehículos del transporte
público individual:
a) A más tardar, dentro de los quince (15)
días calendario siguientes a la vigencia
de la presente resolución, los interesados
deberán informar a la Secretaría Distrital
de Movilidad los procesos de desintegra-
ción de transporte público individual con
fines de reposición, que se encuentran
adelantando, indicando la identificación
plena del automotor y de su propietario.
b) A más tardar, dentro del mes siguiente a
la vigencia de la presente resolución, de-
berá acreditarse ante el organismo encar-
gado del registro público automotor, los
certificados correspondientes a la desinte-
gración física que se encontraban adelan-
tando antes de la vigencia de la misma.
En todo caso, a partir de la vigencia de la presente
Resolución, no se podrá realizar la desintegración físi-
ca de vehículos de transporte público individual por par-
te de entidades desintegradoras que no tengan autori-
zación expresa de la Secretaría Distrital de Movilidad.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- VIGENCIA. La pre-
sente Resolución rige a partir de la fecha de su publi-
cación y deroga todas aquellas disposiciones que le
sean contrarias, en especial las Resoluciones 1192 de
2000, 758 y 1236 de 2004.
Dada en Bogotá, D.C., a los diez (10) días del mes
de agosto de dos mil siete (2007).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
PATRICIA GONZÁLEZ ÁVILA
Secretaria Distrital de Movilidad
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTÁ, E.S.P.
Resolución Número 0681
(Agosto 3 de 2007)
Por la cual se adopta el Manual de Interventoría
de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de
Bogotá.
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE
ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ,
E.S.P.
en uso de sus facultades legales y estatutarias,
en especial la contenida en artículo 15 de acuer-
do de junta directiva Nº 02 de 2002, por lo cual se
expide los estatutos del Acueducto de Bogotá y
CONSIDERANDO:
Que el artículo segundo del decreto No. 1537 del 26 de
julio de 2001, por el cual se reglamenta parcialmente
la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y
administrativos que fortalezcan el sistema de control
interno de las entidades y organismos del Estado, de-
termina que se deben elaborar, adoptar y aplicar ma-
nuales a través de los cuales se documentarán y for-
malizarán los procedimientos a partir de la identifica-
ción de los procesos institucionales.
Que, como resultado del programa de modernización
se implantó el Sistema de Información Empresarial
SAP R/3, se modificaron y fortalecieron varios de los
procesos y procedimientos de la entidad, adecuándolos
a las nuevas condiciones y herramientas tecnológicas.

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