RESOLUCION 000009 RD 3916 - 21 de Enero de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445784182

RESOLUCION 000009 RD 3916

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3916 21 ENERO 2008
EmisorSecretaria Distrital de Desarrollo Económico
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3916 • pP. 1-7 • 2008 • ENERO 21
1. Que los gastos estén agrupados por rubros pre-
supuestales, bien sea en el comprobante de pago
o en relación anexa y que correspondan a los
autorizados en la resolución de constitución.
2. Constancia de permanencia.
3. Carátula del pasaje aéreo utilizado o certi cación
de la empresa que lo expidió.
4. Recibos de pago de transporte terrestre, si fuere
el caso.
5. Constancia de cumplimiento de comisión suscrita
por funcionario o autoridad competente.
6. Consignación de valores sobrantes y valores rete-
nidos en la Tesorería de la Contraloría de Bogotá
D.C., por concepto de impuestos, con relación
detallada de los proveedores que fueron objeto
de la retención.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los reembolsos se harán
una vez al mes en la cuantía de los gastos realizados,
sin exceder el monto previsto en el respectivo rubro
presupuestal, ni del setenta por ciento (70%) del monto
total autorizado para la caja menor.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La legalización de nitiva de
las cajas menores, se hará antes del 20 de diciembre
de la correspondiente vigencia scal; los responsables
de cada caja menor deberán consignar en la tesorería
respectiva el dinero disponible en caja y bancos. El
incumplimiento de este requisito al cierre de la vigencia
scal, dará lugar a que el Contador de la Contraloría
de Bogotá registre el valor no legalizado en el rubro de
responsabilidades en proceso, dándole el tratamiento
de faltantes de fondos e informe para que se continúe
con las investigaciones respectivas.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. La presente Re-
solución rige a partir de la fecha de su expedición y
deroga todas las disposiciones que le sean contrarias,
en especial las Resoluciones Nos. 0511 del 9 de abril
de 2007 y 0706 del 9 de mayo de 2007.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los dieciocho (18) días
del mes de enero de dos mil ocho (2008).
ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA
Contralor de Bogotá D.C.
SECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO
Resolución Número 000009
(Enero 15 de 2008)
“Por la cual se deroga el artículo segundo (2º) de
la Resolución No. 004 de 2008”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE DESARROLLO
ECONÓMICO (E.)
En uso de sus atribuciones legales y reglamenta-
rias, en especial de las conferidas en los artí-
culos 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el
artículo 5 del Decreto 552 de 2006,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Despacho el 9 de enero de 2008
expidió la Resolución No. 004 “Por la cual se designa
el Defensor del Ciudadano en la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico y se adopta su reglamento”.
Que en el artículo segundo (2º) de la mencionada
Resolución se designó como Defensora del Ciudadano
en la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico a
la Dra. Claudia Niño Cubides, Asesora de Despacho,
Código 105, Grado 05 o quien haga sus veces y como
suplente a la Dra. Elena Repetto Marci, Asesora de
Despacho, Código 105, grado 05 o quien haga sus
veces.
Que teniendo en cuenta las funciones que tienen
asignadas las Asesoras de Despacho y la complejidad
que demanda la gestión del Defensor del Ciudadano,
es pertinente que la Entidad diseñe y estructure un
sistema especializado en atender las quejas y recla-
mos, así como los requerimientos dirigidos al Defensor
del Ciudadano.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º. Derogación. Derogar el artículo segundo
(2º) de la Resolución No. 004 de 2008.
Artículo 2º. La Dirección de Gestión Corporativa,
la O cina Asesora de Planeación y Sistemas, y la
O cina Asesora Jurídica, elaborarán una propuesta
tendiente a estructurar un sistema de atención de re-
querimientos, quejas y reclamaciones y de Defensoría
del Ciudadano, en la Secretaría Distrital de Desarrollo
Económico, dentro del mes siguiente a la expedición
de la presente resolución.
Artículo 3º. Este acto rige a partir de la fecha de su
publicación.

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