RESOLUCION 1299 RD 3978 - 12 de Mayo de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445788242

RESOLUCION 1299 RD 3978

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3978 12 MAYO 2008
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano
201
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 42 • Número 3978 • pP. 1-201 • 2008 • MAYO 12
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.
Resolución Número1299
(Abril 30 de 2008)
“Por la cual se modi ca y adiciona la Resolución 5993 del
28 de noviembre de 2007 que ja las políticas de recaudo
y las formas de pago para la Fase I de la Contribución de
Valorización establecida en el Acuerdo 180 de 2005 expe-
dido por el Concejo de Bogotá D. C. “
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,
en ejercicio de las facultades legales y en espe-
cial las que le con eren los Acuerdos 19 de 1972
y 180 de 2005 y demás disposiciones concordan-
tes vigentes y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 157 del Decreto Ley 1421 de 1993,
por el cual se dicta el régimen especial para el Dis-
trito Capital de Bogotá, dispone:
“VALORIZACIÓN.
Corresponde al Concejo establecer la Contribución
de Valorización por Beneficio Local o General; deter-
minar los sistemas y métodos para definir los costos
y beneficios de las obras o fijar el monto de las sumas
que se pueden distribuir a título de valorización y como
recuperación de tales costos o de parte de los mismos
y la forma de hacer su reparto. Su distribución se puede
hacer sobre la generalidad de los predios urbanos y
suburbanos del Distrito o sobre parte de ellos. La li-
quidación y recaudo pueden efectuarse antes, durante
o después de la ejecución de las obras…”,
lo anterior
es concordante con lo establecido en el artículo 4º del
Acuerdo 7 de 1987.
Que mediante el Acuerdo 180 de 2005, el Honorable
Concejo de Bogotá, D.C., autorizó el cobro de una
Contribución de Valorización por Bene cio Local en
el Distrito Capital de Bogotá, con la destinación espe-
ca de nanciar la construcción del Plan de Obras
relacionadas en el Anexo No. 1 del mismo acuerdo,
obras que integran los sistemas de movilidad y de
espacio público, contempladas en el Plan de Ordena-
miento Territorial y sus Operaciones Estratégicas, en
concordancia con el Plan de Desarrollo.
Que según el artículo 6º del Acuerdo 180 de 2005,
la asignación del monto distribuible establecido en
el artículo 2º del mismo, se llevará a cabo en cuatro
(4) fases, la primera en el año 2007, la segunda en
el año 2009, la tercera en el año 2012 y la cuarta en
el año 2015.
Que el parágrafo 3º del artículo 6 del Acuerdo 180 de
2005 estableció que el Director General del Instituto
de Desarrollo Urbano, mediante acto administrativo,
jará políticas de recaudo y priorización de cartera
de conformidad con las circunstancias imperantes
en el mercado y establecerá los descuentos y plazos
para el pago de contado y por cuotas y los intereses
corrientes y de mora.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo
1º del Acuerdo Distrital 8 de 2000, “Las contribuciones
de valorización que no se pagaren de contado, se re-
cargarán con intereses de nanciación de acuerdo con
la tasa y forma de liquidación que determine el Director
General del Instituto de Desarrollo Urbano para cada
obra o conjunto de obras, los cuales en ningún caso
serán superiores al interés bancario corriente certi -
cado por la Superintendencia Bancaria”.
Que para dar cumplimiento al artículo 1º de la Ley 1066
diciembre de 2006, mediante Resolución 911 del 15 de
febrero de 2007 la Dirección General del IDU expidió el
Reglamento Interno del Recaudo de Cartera del Insti-
tuto de Desarrollo Urbano y en su artículo 9º dispuso,
que el pago del gravamen de valorización de contado
o por cuotas, deberá ceñirse a los plazos, descuentos
e intereses de nanciación que determine la Dirección
General del IDU para cada cobro de valorización.
Que en acatamiento del parágrafo 3º del artículo 6 del
Acuerdo 180 de 2005, la Dirección General del Instituto
de Desarrollo Urbano expidió la Resolución No. 5993
del 28 de noviembre de 2007, jando las políticas de
recaudo y formas de pago para la Fase I de la Con-
tribución de Valorización la cual fue publicada en el
Registro Distrital el día 29 de noviembre de 2007.
Que la Resolución 5993 del 28 de noviembre de 2007
fue modi cada mediante las Resoluciones 6236 del
13 de diciembre de 2007 y 119 del 24 de enero de
2008.
Que teniendo en cuenta que a la fecha de expedición
del presente acto administrativo existen asignaciones
pendientes de concluir el proceso de noti cación por
diversas circunstancias, ésta Dirección considera ne-
cesario garantizar a los respectivos contribuyentes el
acceso a las mismas políticas de recaudo, plazos de
pago y descuentos inicialmente establecidos.
Que se hace necesario precisar el procedimiento que
se surtirá en cuanto a descuentos, plazos y formas
de pago en los eventos en que el acto administrativo
de asignación de la contribución de valorización de
la Fase I establecida en el Acuerdo 180 de 2005 sea
objeto de impugnación por vía gubernativa.
Que la vía gubernativa es un privilegio de los actos
administrativos creadores de situaciones individuales y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR