RESOLUCION 561 RD 4116 - 11 de Diciembre de 2008 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445793842

RESOLUCION 561 RD 4116

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4116 11 DICIEMBRE 2008
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4116 • pP. 1-23 • 2008 • DICIEMBRE 11
Que el numeral 2.1.5 del MECI 1000:2005, relacionado
con el Elemento Manual de Procedimientos donde se
indica que la entidad debe contar con un manual de
procedimientos como guía de uso individual y colec-
tivo que permita el conocimiento de la forma como se
ejecuta o desarrolla su función administrativa.
Que en mérito de lo expuesto, se hace necesario
adoptar el Manual de Procesos y Procedimientos del
Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte
Que por lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Objetivo: Adoptar el Manual
de Procesos y Procedimientos del Instituto Distrital
para la Recreación y el Deporte, el cual está constitui-
do por los procesos y procedimientos de nidos en el
Sistema de Gestión de la Calidad de la entidad.
ARTÍCULO SEGUNDO. Aplicación: Es responsabi-
lidad de los servidores públicos del Instituto Distrital
para la Recreación y el Deporte la aplicación de los
documentos adoptados en el Manual de Procesos y
Procedimientos.
ARTÍCULO TERCERO. Actualización: Los responsa-
bles de los procesos son los encargados de coordinar
la elaboración y actualización de los procedimientos
aplicables a los procesos a su cargo, contando con la
asesoría y acompañamiento de la O cina Asesora de
Planeación.
La actualización y control de los documentos adopta-
dos se rige según lo establecido en el procedimiento de
Control de Documentos, el cual hace parte del Manual
de Procesos y Procedimientos de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO. Divulgación: Los responsables
de los procesos del Instituto Distrital para la Recreación
y el Deporte son los encargados de la divulgación de
los documentos adoptados en el Manual de Procesos
y Procedimientos.
ARTÍCULO QUINTO. Vigencia y Derogatorias: La
presente Resolución rige a partir de la fecha de su
expedición y deroga las Resoluciones 485, 525, 532,
564, 570, 577 del 2007, así como las demás disposi-
ciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del
mes de diciembre de dos mil ocho (2008).
JOSÉ JAIME TAPIAS PATRÓN
Director General
Resolución Número 561
(Diciembre 4 de 2008)
“Por la cual se crea el Comité Antitrámites y de
Gobierno en Línea del Instituto Distrital para la
Recreación y el Deporte”.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DIS-
TRITAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE
En uso de sus facultades legales y estatutarias
y en especial las conferidas por el Acuerdo 4 de
1978, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 489 de 1998, establece que la supervisión y
simpli cación de trámites será objetivo permanente de
la Administración Pública en desarrollo de los principios
de celeridad y economía previstos en la Constitución
Política y la misma ley.
Que la Ley 962 de 2005, establece los lineamientos
de la política de racionalización de trámites y procedi-
mientos administrativos de los organismos y entidades
del Estado y de los particulares que ejercen funciones
públicas o prestan servicios públicos.
Que el objetivo fundamental de la citada ley es el de
facilitar las relaciones de los particulares con la Admi-
nistración Pública, de tal forma que las actuaciones que
deban surtirse ante ella para el ejercicio de actividades,
derechos o cumplimiento de obligaciones se desarro-
llen de conformidad con los principios establecidos en
los artículos 83, 84, 209 y 333 de la Carta Política.
Que el Decreto 1151 de 2008, reglamentario de la Ley
962 de 2005, establece los lineamientos generales de
la Estrategia de Gobierno en Línea en Colombia.
Que en desarrollo del citado Decreto 1151 de 2008,
se expide el Manual para la Implementación de la
Estrategia de Gobierno en Línea de la República de
Colombia, en el cual se establece la obligatoriedad
de conformar el Comité de Gobierno en Línea, el cual
tendrá por objeto el liderazgo, la planeación e impulso
de la Estrategia de Gobierno en Línea en la entidad.
Que por su parte, La Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá y el Departamento Administrativo de
la Función Pública mediante la Circular 043 de 2008,
con el n de cumplir los objetivos señalados en las
Leyes 489 de 1998 y 962 de 2005, solicitan la con-
formación de un grupo responsable de la estrategia
Antitrámites y Atención Efectiva al Ciudadano al interior
de cada entidad.
Que por lo anterior se hace necesario la conformación
del Comité Antitrámites y de Gobierno en Línea del
Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

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