RESOLUCION 131 RD 3607 - 5 de Septiembre de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448000042

RESOLUCION 131 RD 3607

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3607 5 SEPTIEMBRE 2006
EmisorMetrovivienda
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3607 • pP. 1-2 • 2006 • septiembre 5
2
Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del
mes de septiembre de dos mil seis (2006).
CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ
EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL DISTRITO
CAPITAL METROVIVIENDA
Resolución Número 131
(Agosto 30 de 2006)
"Por la cual se fija el calendario de postulación
del Subsidio Distrital de Vivienda para población
en situación de desplazamiento interno forzado
por la violencia, para la vigencia de 2006"
LA GERENTA GENERAL DE METROVIVIENDA
Empresa Industrial y Comercial del Orden
Distrital, en uso de las facultades legales y
estatutarias y en especial las conferidas en la
Constitución Política, Código Contencioso Admi-
nistrativo, el acuerdo 15 de 1998, el Acuerdo 01
de 1999 y el Acuerdo 28 de 2006 de la Junta
Directiva de la Empresa y
CONSIDERANDO:
se reglamentó el Subsidio Distrital de Vivienda para
hogares en situación de desplazamiento interno forza-
do por la violencia, como un aporte Distrital en dinero,
otorgado una sola vez al beneficiario, sin cargo de res-
titución, el cual constituye un complemento del Subsi-
dio Familiar de Vivienda que otorga la Nación para po-
blación desplazada.
Que el artículo 4 del Decreto 200 de 2006, estableció
que: "Podrán ser beneficiados del Subsidio Distrital de
Vivienda para hogares en situación de desplazamiento
interno forzado por la violencia, los hogares que han
sido beneficiarios del Subsidio Familiar de Vivienda,
otorgado por el Gobierno Nacional, que se encuentre
vigente y que haya sido tramitado ante una Caja de
Compensación Familiar de Bogotá y asignado para
Bogotá."
determinó en el artículo 11 que la Junta Directiva de
MetroVivienda expediría el reglamento operativo.
Que la Junta Directiva de MetroVivienda, por medio
del Acuerdo 28 del 15 de Agosto de 2006, expidió el
reglamento operativo del Subsidio Distrital de Vivien-
da para población en situación de desplazamiento in-
terno forzado por la violencia.
Que el artículo 33 del Acuerdo 28 de 2006, establece
que la Junta Directiva de MetroVivienda determinará
anualmente el monto de los recursos y las bolsas a las
cuales se aplicaran los recursos del Subsidio Distrital
de Vivienda.
Que el artículo 32 del Acuerdo 28 de 2006, delegó en
la Gerencia de MetroVivienda fijar el calendario de
postulación del Subsidio Distrital de Vivienda para
cada vigencia, especificando las fechas de apertura y
cierre de la postulación y la fecha de asignación.
Que en mérito de lo expuesto, la Gerente General de
MetroVivienda,
RESUELVE:
Artículo 1º. Convocar a los hogares que fueron asig-
nados con el Subsidio Familiar de Vivienda, para ad-
quisición de vivienda nueva o usada, a través de las
siguientes resoluciones del Fondo Nacional de Vivien-
da -FONVIVIENDA-, para población desplazada por la
violencia:
1. Resolución 818 del 27 de diciembre de 2004
2. Resolución 109 del 16 de Agosto de 2005
3. Resolución 155 del 17 de noviembre de 2005
4. Resolución 156 del 17 de noviembre de 2005
5. Resolución 1550 del 29 de diciembre de 2005
6. Resolución 139 del 31 de marzo de 2006
7. Resolución 146 del 11 de abril de 2006.
Artículo 2°. Fijar el siguiente calendario, para la vigen-
cia del 2006:
1. Apertura de postulación, 11 de septiembre de 2006
2. Cierre de postulaciones, 30 de septiembre de 2006
3. Asignación, 10 de octubre de 2006
Artículo 3°. El monto de los recursos que se asignará,
para la bolsa de población en situación de desplaza-
miento interno forzado por la violencia, de acuerdo a
distribución aprobada por la Junta Directiva de
MetroVivienda en cesión celebrada el día 15 de agosto
de 2006, es de Trece Mil Doscientos Sesenta millo-
nes de pesos ($13.260.000.000).
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la
fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

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