RESOLUCION 4670 RD 3208 - 28 de Octubre de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448652214

RESOLUCION 4670 RD 3208

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3208 28 OCTUBRE 2004
EmisorSecretaria de Educacion
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3208 • pP. 1-3 • 2004 OCTUBRE 28 33
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1. Formular recomendaciones al Gobierno Distrital y
en especial a la Secretaría de Tránsito y Transporte
en relación con la movilidad y seguridad vial para las
obras de la ciudad; así como para la movilización de
maquinaria industrial, de construcción o agropecuaria
y/o en general todo tipo de maquinaria que por sus
especificaciones técnicas no deba movilizarse por sí
misma en las vías de la ciudad.
2. Proponer la expedición de reglas y parámetros que
se deban tener en cuenta para las obras en cuanto a
seguridad y movilidad vial.
3. Propender por la divulgación de la normatividad re-
lacionada con la movilidad y seguridad vial.
4. Formular observaciones sobre la ejecución de las
obras en la ciudad; así como analizar las obras desa-
rrolladas con el fin de precisar si sus especificaciones
cumplen con las reglas de movilidad y seguridad vial
exigidas por las disposiciones vigentes, normas técni-
cas y los requisitos propios de cada contrato.
5. Recibir, evaluar y gestionar las recomendaciones y
observaciones que en desarrollo del objeto del presen-
te Decreto, sean presentadas por la Personería de
Bogotá y en general por otras organizaciones que ejer-
zan control social.
6. Hacer el seguimiento de casos especiales que oca-
sionen alteración de la seguridad y movilidad con mo-
tivo de la ejecución de obras civiles y que a criterio del
Comité y de la Personería de Bogotá deban ser atendi-
dos.
7. Presentar informes de seguimiento trimestral al Al-
calde Mayor, y a la ciudadanía sobre el desarrollo e
implementación de sus actividades.
ARTICULO CUARTO.- Secretaría Técnica del Sub-
comité y sus Funciones. La Secretaría Técnica del
Comité estará a cargo de la Secretaría de Tránsito y
Transporte de Bogotá, D.C., y tendrá las siguientes
funciones:
1. La elaboración de las actas de las sesiones que se
realicen.
2. La compilación y agrupación de las diferentes reco-
mendaciones que efectúe el Subcomité en desarrollo
de las funciones a él encomendadas.
3. La verificación de las medidas que se adpoten, lo
que implica a su vez el seguimiento de las actividades
que deban realizarse por parte de las entidades y orga-
nismos distritales a quienes se encargue su ejecución.
4. La organización de la logística necesaria para el fun-
cionamiento del Subcomité.
ARTÍCULO QUINTO.- Coordinación Intersectorial o
Interinstitucional. Este Subcomité pondrá en conoci-
miento de los Comités Sectorial de Movilidad y Espa-
cio Público, Operativo de Obras e Infraestructura de
Servicios Públicos, y Asesor de Calidad de Obras, las
propuestas y recomendaciones que se presenten a fin
de que exista una adecuada coordinación y articula-
ción técnica y operativa en materia de movilidad y se-
guridad vial.
PARÁGRAFO. El Subcomité de Movilidad y Seguridad
Vial deberá estar informado de las disposiciones, nor-
mas y medidas que sobre ejecución de obras prevea
el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- en los contratos
respectivos.
ARTÍCULO SEXTO.- Vigencia. El presente Decreto
rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de octubre de dos mil cuatro (2004).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor
CARLOS EDUARDO MENDOZA
Secretario de Tránsito y Transporte
RESOLUCIONES DE 2004
ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C.
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución Número 4670
(Octubre 20 de 2004)
“Por la cual se establece el Reglamento para el
cobro de Derechos Académicos y Otros Cobros
en Establecimientos de Educación Formal de
Carácter Oficial del Distrito Capital para el año
lectivo de 2005”.
LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL
DISTRITO CAPITAL,
en uso de sus atribuciones legales y en especial
las que le confiere las leyes 115 de 1994 y 715 de
2001 y el decreto reglamentario No. 135 de 1996,
y
CONSIDERANDO:
Que la política educativa para la ciudad se orienta por

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