RESOLUCION 1064 RD 3240 - 16 de Diciembre de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448653230

RESOLUCION 1064 RD 3240

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3240 16 DICIEMBRE 2004
EmisorEmpresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3240 • pP. 1-2 • 2004 • DICIEMBRE 16
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En virtud de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o.- Sustituir las siguientes Rentas e In-
gresos del Presupuesto Anual del Distrito Capital se-
gún el siguiente detalle:
SUSTITUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS
ADMINISTRACIÓN CENTRAL
DISMINUYE
2 INGRESOS 20.702.159.609
2 1 INGRESOS CORRIENTES 5.446.322.477
2 1 1 TRIBUTARIOS 5.446.322.477
2 1 1 06 Cigarrillos Extranjeros 2.646.322.477
2 1 1 10 Impuesto a la Publicidad Exterior Visual 2.800.000.000
INGRESOS ADICIONALES 15.255.837.132
2 5 INGRESOS CORRIENTES 15.255.837.132
2 5 1 TRIBUTARIOS 15.255.837.132
2 5 1 01 Impuesto al Servicio Telefónico Urbano Fijo 15.255.837.132
AUMENTA
2 INGRESOS 20.702.159.609
2 1 INGRESOS CORRIENTES 20.702.159.609
2 1 1 TRIBUTARIOS 20.702.159.609
2 1 1 01 Predial Unificado 20.702.159.609
ARTÍCULO 2o.- El presente Decreto rige a partir de la
fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dieciséis (16) días del
mes de diciembre de dos mil cuatro (2004).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PEDRO ARTURO RODRÍGUEZ TOBO
Secretario de Hacienda
RESOLUCIÓN DE 2004
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE
BOGOTÁ, ESP
Resolución Número 1064
(Diciembre 9 de 2004)
Aclaración y modificación de la Resolución No.
823 del 19 de octubre de 2004 la cual modificó la
Resolución No. 1212 del 10 de noviembre de 2003,
que acotó la zona requerida para la ejecución del
proyecto denominado colector y canal central de
Fontibón y se anunció el mismo.
EL GERENTE JURÍDICO DEL ACUEDUCTO DE
BOGOTÁ,
en uso de sus facultades delegatarias conferidas
según Resolución No. 0964 del 25 de noviembre
de 2004 de la Gerencia General y de las atribucio-
nes legales y Estatutarias, en especial las conferi-
das en el Capítulo III de la Ley 9ª de 1989, modi-
ficada por Ley 388 de 1997, artículos 491 a 494 del
Decreto 619 de 2000, y,
CONSIDERANDO
1. Que según los Estatutos de la Empresa su objeto es
la prestación de los servicios públicos esenciales
domiciliarios de acueducto y alcantarillado en el área
de jurisdicción del Distrito Capital de Bogotá, en la
Sabana de Bogotá y su zona de influencia.
2. Que la Ley 9ª de 1989, en sus artículos 10 y 11

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