RESOLUCION 682 RD 3137 - 15 de Julio de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448653586

RESOLUCION 682 RD 3137

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3137 15 JULIO 2004
EmisorSecretaria de Transito y Transporte
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3137 • pP. 1-1 • 2004 JULIO 15 1
AÑO 38
Número 3137
2004 JULIO 15
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2004
SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTÁ D.C.
Resolución Número 682
(Julio 13 de 2004)
«Por medio de la cual se hace la delegación de
funciones de tránsito soportadas en las facultades
administrativas de que trata el parágrafo 1° del
artículo 3° y el inciso 2 del artículo 7° de la Ley
769 de 2002»
EL SECRETARÍO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial
de las conferidas por el artículo 3 y 7 de la Ley 769
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitu-
ción Política de Colombia es deber del estado velar por
la protección de la integridad del espacio público y por
su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el
interés particular.
Que el inciso segundo del artículo 210 de la Constitu-
ción Política de Colombia establece que los particula-
res pueden cumplir funciones administrativas en las
condiciones que señala la ley, disposición que fue de-
sarrollada por la Ley 489 de 1998.
Que de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 769 de
dades de tránsito entre otras, los organismos de carác-
ter departamental, municipal o distrital.
Que de acuerdo con el artículo 6° de la Ley 769 de 2002
ganismos de tránsito en su respectiva jurisdicción, los
institutos distritales y/o municipales de tránsito.
Que el Decreto Distrital No. 265 del 9 de Mayo de 1991,
crea y estructura como autoridad de tránsito del Distri-
to Capital a la Secretaría de Tránsito y Transporte de
Bogotá D.C.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7° de
la Ley 769 del 2002 las autoridades de tránsito velarán
por la seguridad de las personas y las cosas en la vía
pública y privadas abiertas al público, sus funciones
serán de carácter regulatorio y sancionatorio y sus ac-
ciones deben ser orientadas a la prevención y la asis-
tencia técnica y humana a los usuarios de las vías.
Que de acuerdo con el Decreto No. 265 de 1991, la
Secretaría de Tránsito y Transporte de Bogotá D.C.,
como autoridad de tránsito del Distrito Capital tiene entre
sus funciones la de asegurar la correcta utilización y el
buen funcionamiento del sistema vial de circulación de
vehículos y personas en el Distrito Capital.
Que de acuerdo con el artículo 110 de la Ley 489 de
1998, las entidades administrativas podrán conferir el
ejercicio de funciones administrativas a particulares
manteniendo la regulación, control, vigilancia y orienta-
ción de la función pública e impartiendo las instruccio-
nes y directrices necesarias para su ejercicio.
Que el numeral 2 del artículo 111 de la Ley 489 de 1998
establece un plazo máximo de delegación de funcio-
nes de cinco (5) años.
Que el literal a) del numeral 1 del artículo 111 de la Ley
489 de 1998, declarado exequible mediante Sentencia
C-866-99 de 3 de noviembre de 1999, establece que es
necesario determinar las funciones especificas que se
encomendarán a los particulares.
Que la delegación puede hacerse a personas jurídicas
y/o naturales consideradas legalmente capaces y que
no tengan incompatibilidades o inhabilidades para par-
ticipar en licitaciones y celebrar contratos con entida-
des estatales, pudiendo delegarse también en consor-
cios o uniones temporales, de acuerdo con los princi-
pios generales de la contratación establecidos en la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR