RESOLUCION 044 RD 5398 - 22 de Julio de 2014 - Registro distrital - Legislación - VLEX 538889450

RESOLUCION 044 RD 5398

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5398 22 JULIO 2014
EmisorALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
3
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5398 • pP. 1-3 • 2014 • JUlIO 22
Resolución Número 044
(Julio 21 de 2014)
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Resolución No. 042 del 10 de julio de 2014, “Por
la cual se designan Vocales de Control como
miembros de la Junta Directiva de la Empresa
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En ejercicio de sus facultades legales, en
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Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley
1421 de 1993, el Alcalde Mayor es el jefe del gobierno
y de la administración distrital.
Que según los numerales 1 y 3 del artículo 38 ídem,
son atribuciones del Alcalde Mayor, hacer cumplir la
Constitución, la Ley, los Decretos Nacionales, así como
dirigir la acción administrativa, asegurar el cumplimien-
to de las funciones y la prestación de los servicios a
cargo del Distrito Capital.
Que el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993
establece que las juntas directivas de las empresas
distritales de servicios públicos domiciliarios estarán
conformadas así: Dos terceras partes de sus miembros
serán designados libremente por el Alcalde Mayor y,
la otra tercera parte, serán delegados de los usuarios
y de organizaciones sociales, cívicas, gremiales o co-
munitarias, en la proporción que determine el Concejo
Distrital de acuerdo con la ley.
Que para efectos de conformar la tercera parte de los
miembros de las juntas directivas de las empresas
ociales de servicios públicos domiciliarios del orden
Distrital, su escogencia se hará entre los Vocales de
Control que guren registrados como representantes
de los Comités de Desarrollo y Control Social de los
servicios públicos domiciliarios, conforme a lo previsto
en el numeral 27-6 del artículo 27 de la Ley 142 de
1994 y el literal e) del artículo 15 del Decreto Nacional
1429 de 1995.
Que al respecto, en el Acuerdo 13 de 2004, que re-
formó los Estatutos de la Empresa de Acueducto y
Alcantarillado de Bogotá - ESP, en concordancia con
el artículo 1º del Decreto Distrital 046 de 2012, se prevé
que la Junta Directiva de la Empresa estará integrada
por nueve (9) miembros, incluidos los tres (3) Vocales
de Control registrados ante la Secretaría General de
la Alcaldía Mayor, por los Comités de Desarrollo y
Control Social de los Servicios Públicos Domiciliarios.
Que mediante la Resolución No. 042 del 10 de julio
de 2014, se designaron como Vocales de Control que
harán parte de la Junta Directiva de la Empresa de
Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para el
período estatutario 2014 – 2015, a las señoras Rocío
Vigoya, Ana Matilde Hurtado y al señor Salomón
Rangel, previo el procedimiento establecido por los
Decretos Distritales 161 y 298 de 2005.
Que revisado el citado acto administrativo, se observa
que por error de digitalización se indicó en su artículo
2 que el señor Salomón Rangel reemplaza al señor
Roberto Carlos Parra Borrego, presentándose en este
sentido, confusión en cuanto al nombre de la persona
que se cambia, toda vez que quien sustituye al señor
Parra Borrego, en su condición de miembro la Junta
Directiva de la EAAB, es la señora Ana Matilde Hur-
tado; asimismo, se advierte que se omitió el artículo 3
de dicha Resolución.
Que al respecto, el artículo 45 del Código de Proce-
dimiento Administrativo y de lo Contencioso Adminis-
trativo establece: “Corrección de errores formales.
En cualquier tiempo, de ocio o a petición de parte,
se podrán corregir los errores simplemente formales
contenidos en los actos administrativos, ya sean arit-
méticos, de digitación, de transcripción o de omisión
de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a
cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá
los términos legales para demandar el acto. Realizada
la corrección, esta deberá ser noticada o comunicada
a todos los interesados, según corresponda.”
Que en el caso en estudio, es procedente dar apli-
cación al artículo 45 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,
teniendo en cuenta que se advierten los errores se-
ñalados anteriormente, situación que lleva a modicar
y adicionar el citado acto administrativo.
Que en mérito de lo expuesto,
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Modifícase el artículo 2° de la Resolu-
ción No. 042 del 10 de julio de 2014, el cual quedará
así:
“Artículo 2º.- Designar como miembro de la Junta
Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado
de Bogotá, ESP, al Señor SALOMÓN RANGEL, iden-
ticado con la cédula de ciudadanía No. 19.370.771,
para un período de un año, contado a partir de la comu-
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