RESOLUCION REGLAMENTARIA 005 RD 4604 - 23 de Febrero de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438361054

RESOLUCION REGLAMENTARIA 005 RD 4604

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4604 23 FEBRERO 2011
EmisorContraloria de Bogota
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4604 • pP. 1-9 • 2011 • febrero 23
impuesto a cargo. En ningún caso el descuento por
pronto pago será inferior al 10%”
ARTÍCULO 25. Prelación en la imputación en el
pago. Los pagos que por cualquier concepto hagan
los contribuyentes o agentes de retención, en re‑
lación con deudas vencidas a su cargo, deberán
imputarse en la forma establecida en el artículo 804
del Estatuto Tributario Nacional.
ARTÍCULO 26°. Conversión y ajuste de valores
absolutos en Unidades de Valor Tributario. Con el
n de unicar y facilitar el cumplimiento de las obliga
ciones tributarias, el Gobierno Distrital reexpresará
por una sola vez, en Unidades de Valor Tributario
“UVT” vigente, dentro de los dos meses siguientes a
la vigencia del presente Acuerdo, los valores absolutos
de los tributos distritales, contenidos en los Decretos
Distritales 807 de 1993 y 352 de 2002 y demás dispo‑
siciones relativas a tributos distritales. Para efectos de
la conversión aquí prevista, los valores absolutos se
ajustarán a la Unidad de Valor Tributario más cercana.
El ajuste anual de las Unidades de Valor Tributario para
cada período gravable, corresponderá al valor de la
UVT jado por la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales, conforme a lo establecido en el artículo
868 del Estatuto Tributario Nacional.
ARTÍCULO 27º. Vigencias y derogatorias. El pre‑
sente acuerdo rige a partir de su publicación y deroga
las normas que le sean contrarias, especialmente los
artículos 577 a 579 del Acuerdo Distrital 6 de 1985,
el Acuerdo Distrital 423 de 2009, el artículo 18 del
Decreto 352 de 2002 y los artículos 6, 9, 25, 44, 125,
133, 148, 152, 159 y el parágrafo único del artículo
104 del Decreto 807 de 1993.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA
Presidenta
GLADYS GARCÍA HURTADO
Secretaria General
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
SAMUEL MORENO ROJAS
Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.
Febrero 22 de 2011
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ D.C.
Resolución Reglamentaria 005
(Febrero 17 de 2011)
“Por la cual se modica el Procedimiento para
la Implementación de Acciones Correctivas y
Preventivas”.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D. C.
En ejercicio de sus atribuciones legales y en
especial las que le conere
el artículo 6 del Acuerdo 361 de 2009; y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los literales b), j) y l) del
artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se estable‑
cen normas para el ejercicio de control interno en las
entidades y organismos del Estado y se dictan otras
disposiciones”, se deben implementar como elementos
del Sistema de Control Interno Institucional la denición
de políticas como guías de acción y procedimientos
para la ejecución de procesos, así como, la simpli
cación y actualización de normas y procedimientos.
Que el Modelo Estándar de Control Interno - MECI
1000:2005, adoptado mediante Resolución Reglamen
taria No. 013 del 12 de junio de 2006, contiene entre
otros elementos de control del subsistema de control de
gestión, los procedimientos, conformados por el con‑
junto de especicaciones, relaciones y ordenamiento
de tareas requeridas para cumplir con las actividades
de un proceso controlando las acciones que requiere
la operación de la Contraloría de Bogotá, D.C., y el
Manual de Procedimientos como una guía de uso
individual y colectivo que permite el conocimiento de
la forma como se ejecuta o desarrolla su función ad‑
ministrativa, propiciando la realización del trabajo bajo
un lenguaje común a todos los servidores públicos.
Que el MECI contiene entre otros elementos del
subsistema de control de evaluación el de auditoría
interna, que permite realizar un examen sistemático,
objetivo e independiente de los procesos, actividades,
operaciones y resultados de una entidad pública.
Que el Acuerdo 361 del 6 de enero de 2009, “Por el
cual se organiza la Contraloría de Bogotá, D. C., se
determinan las funciones por dependencias, se jan
los principios generales inherentes a su organización
y funcionamiento y se dictan otras disposiciones”, en
su artículo 6 establece: “En ejercicio de su autonomía
administrativa le corresponde a la Contraloría de Bo‑
RESOLUCIÓN DE 2011
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4604 • pP. 1-10 • 2011 • febrero 23
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gotá, D.C., denir todos los aspectos relacionados con
el cumplimiento de sus funciones en armonía con los
principios consagrados en la Constitución, las leyes y
en este Acuerdo”.
Que el numeral 9 del artículo 37 ibídem, consagra
como una de las funciones de la Dirección de Pla
neación, “Realizar la revisión técnica de los planes,
documentos y procedimientos que adopte la entidad,
para asegurar la armonización, implementación y
evaluación de los mismos”.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto
1599 de 2005, se incorpora el Proceso de Evaluación
y Control al Sistema de Gestión de la Calidad de la
Entidad.
Que el objetivo del Sistema de Gestión de Calidad es
implementar acciones correctivas y preventivas para
mejorar continuamente el desempeño de los procesos,
con el n de aumentar la satisfacción de los clientes y
de las partes interesadas.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 023 de
octubre 05 de 2010, se modicaron y adoptaron docu
mentos y procedimientos relacionados con el Proceso
de Evaluación y Control, entre ellos el Procedimiento
para la Implementación de Acciones Correctivas y
Preventivas, en el cual se ja como responsable en
la actualización y socialización del mapa de riesgos
institucional a la Ocina de Control interno.
Que de acuerdo con lo establecido el Modelo Estándar
de Control Interno para el Estado Colombiano, Manual
de Implementación MECI – 1000-2005, segunda edi
ción (página 56), la responsabilidad en la coordinación
y elaboración del mapa de riesgos institucional se
encuentra en la Ocina de Planeación, situación que
fue observada por la Auditoría Fiscal en el mes de
noviembre de 2010, en el sentido de que la compe‑
tencia en la elaboración de este documento recae en
la Dirección de Planeación.
Que teniendo en cuenta el concepto de mejora esta‑
blecido en las Normas Técnica de Calidad NTC ISO
9001:2008 NTC GP 1000:2009, es necesario ajustar
el Procedimiento para la Implementación de Acciones
Correctivas y Preventivas.
En mérito de lo expuesto, este Despacho;
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión 9.0
del Procedimiento para la Implementación de Acciones
Correctivas y Preventivas, código 9002, incorporado
en el Proceso de Evaluación y Control.
ARTÍCULO SEGUNDO: Es responsabilidad de los
Directores, Subdirectores, Jefes de Ocinas, Coordi
nadores de Grupos Especiales, velar por la administra
ción y divulgación de los documentos y procedimientos
adoptados.
ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a
partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo
segundo de la Resolución Reglamentaria No. 023 de
octubre 05 de 2010.
PÚBLÍQUESE, COMÚNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D. C., a los diecisiete (17) días
del mes de febrero de dos mil once (2011).
MIGUEL ÁNGEL MORALESRUSSI RUSSI
Contralor de Bogotá D.C.
PROCEDIMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES
CORRECTIVAS Y PREVENTIVAS
VERSIÓN
Nº. DEL ACTO ADMINIS-
TRATIVO QUE LO ADOPTA
Y FECHA
NATURALEZA DEL CAMBIO
1.0 R.R. 015 del 13 de marzo
de 2003
Cambio de denominación.
Se armoniza las acciones correctivas y preventivas del SGC con los instrumentos que se
venían manejando en el SCI, Plan de Mejoramiento y Mapa de Riesgos, se reformulan
actividades, se modica el formato de reporte de Acciones Correctivas o Preventivas, se
elimina el anexo 1 “Formato de análisis del nivel de impacto”. Se establecen anexos: 1
Acciones Correctivas y/o de Corrección – Plan de Mejoramiento; 2 Acciones Preventivas
– Plan de Manejo de Riesgos; 3 Acciones de Mejora – Plan de Aumento de Capacidad.
Se cambian los registros.

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