RESOLUCION REGLAMENTARIA 032 RD 4784
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4784 1 DICIEMBRE 2011 |
Emisor | Contraloria de Bogota |
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4784 • pP. 1-25 • 2011 • DICIEMBRE • 1
ARTÍCULO 3°.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE AU-
DIOVISUALES: Son funciones del Comité de Audio-
visuales las siguientes:
1. Aprobar el cronograma presentado por la
Ocina de Medios Audiovisuales, el cual
contendrá la información relacionada con
los programas a emitirse durante el año.
2. Designar el funcionario que aprobará y
responderá por los contenidos de los pro-
gramas de televisión, según lo aprobado
y autorizado por la Dirección General
3. Seleccionar y aprobar los programas que
se deben emitir.
4. Velar porque los programas se realicen
según la periodicidad o fechas aproba-
das.
5. Velar por el cumplimiento de las normas
en materia de imagen institucional esta-
blecidas por la Alcaldía Mayor de Bogotá
D.C.
6. Formular sugerencias para el desarrollo
de la estrategia de promoción y difusión
de las producciones audiovisuales;
7. Asesorar y aprobar la política para la
regulación de los convenios de emisión;
8. Evaluar los indicadores de impacto (rai-
ting) y tomar las acciones necesarias para
su posicionamiento
PARÁGRAFO 1: Para efectos de la memoria ins-
titucional, se conservará copia de cada uno de los
programas realizados.
PARÁGRAFO 2: Corresponderá a la Ocina Asesora
Jurídica y Subdirección Sinfónica, vericar y respon-
der por el cumplimiento de las normas legales sobre
derechos de autor.
ARTÍCULO 4°.- FUNCIONAMIENTO: El Comité se
reunirá ordinariamente como mínimo tres (3) veces al
año y extraordinariamente cuando el Director General
(a) lo considere necesario.
Las decisiones del Comité se tomarán por la mayoría
simple y todo lo tratado constará en acta que rmarán
el (la) Presidente y la Secretaría Técnica.
ARTÍCULO 5º.- SECRETARIA TECNICA. La Secreta-
ría Técnica del Comité de Publicaciones será ejercida
por el (la) Jefe de la Ocina Asesora de Comunicacio-
nes, quien se encargará de convocar a las reuniones,
elaborar el orden del día y de elaborar, suscribir y
custodiar las actas correspondientes.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución rige a partir
de la fecha de su publicación y deroga la Resolución
número 346 de 2008.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del
mes de junio de dos mil once (2011).
MARGOTH SALINAS BERNAL
Directora General (e.)
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Reglamentaria
Número 032
(Noviembre 30 de 2011)
“Por medio de la cual se deroga la Resolución
Reglamentaria 027 del 4 de noviembre de 2011 y
se reglamenta el Programa de Estímulos, In-
centivos y Reconocimiento para los servidores
públicos de la Contraloría de Bogotá, D. C.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus atribuciones constituciona-
les y legales, en especial las conferidas por el
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los parámetros del Programa
Nacional de Renovación de la Administración Pública,
que se circunscribe dentro de la nueva política de
Gestión del Talento Humano y de Modernización del
Estado, se busca sensibilizar a las entidades del Esta-
do de la importancia de estimular y elevar los niveles
de motivación de los servidores públicos, con el n de
satisfacer sus necesidades sociales y de realización
personal.
Que es política de la Entidad contribuir al mejoramien-
to de la calidad de vida de los servidores públicos al
servicio de la Contraloría de Bogotá, D. C., por lo tanto
se hace necesario implementar y ejecutar los planes
y proyectos de estímulos, incentivos y reconocimiento
para los mejores servidores y equipos de trabajo de
la Institución.
Que con el Plan de Incentivos y de Estímulos enmar-
Decreto Ley No. 1567 de 1.998 y Decreto No. 1227
de 2005, se pretende motivar el desempeño ecaz y
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