RESOLUCION REGLAMENTARIA 004 RD 3484 - 3 de Febrero de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447993622

RESOLUCION REGLAMENTARIA 004 RD 3484

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3484 3 FEBRERO 2006
EmisorContraloria de Bogota
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3484 • pP. 1-12 • 2006 • FEBRERO 3
12
T ÍT U L O V.
DISPOSICIONES VARIAS.
ARTÍCULO 40. NORMAS DE CONTROL INTERNO
CONTABLE. El Departamento Administrativo de Bien-
estar Social se acogerá a la reglamentación que sobre
políticas, métodos y procedimientos de Control Inter-
no Contable, expida la Contaduría General de la Na-
ción con el fin de garantizar la razonabilidad,
confiabilidad y oportunidad de los estados e informes
contables y la utilidad social de la información finan-
ciera, económica y social que debe generar la entidad
para sí misma, para los diferentes entes de control y
para la comunidad en general y para garantizar el cum-
plimiento de obligaciones de información.
Los estados e informes contables señalados deberán
ser presentados al Director/a del Departamento Admi-
nistrativo de Bienestar Social de manera semestral y a
la Contraloría, de acuerdo con las disposiciones gene-
rales aplicables.
ARTÍCULO 41. MÉTODOS Y PROCEDIMIENTOS DE
CONTROL INTERNO. El Departamento Administrati-
vo de Bienestar Social, en cumplimiento de las nor-
mas vigentes y de la presente resolución, expedirá a
través de un Acto Administrativo, las políticas, direc-
trices, métodos y procedimientos específicos median-
te los cuales deberán implementarse los diferentes
subsistemas, componentes y elementos de control del
Sistema de Control Interno, así como los procedimien-
tos, guías, formatos, y métodos para su evaluación,
elaboración, ejecución de los planes de mejoramiento
y cumplimiento de obligaciones de información y do-
cumentación. Para estos efectos adoptará los méto-
dos y procedimientos conforme a las directrices ema-
nadas del Departamento Administrativo de la Función
Pública para las entidades del Estado, de conformidad
con el artículo 3 del Decreto 1599 del 20 de mayo de
2005.
ARTÍCULO 42. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y REGU-
LACIÓN: La presente resolución será aplicable a to-
das las instancias y dependencias del Departamento
Administrativo de Bienestar Social y su reglamenta-
ción de orden operativo se realizará por medio de ac-
tos administrativos por las cuales se adopten los con-
ceptos, metodologías, guías e instrumentos de aplica-
ción así como los manuales e instrumentos que le sean
inherentes.
ARTÍCULO 43. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La
presente resolución rige a partir de la fecha de su pu-
blicación y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta y ún (31) días
del mes de enero de dos mil seis (2006)
CONSUELO CORREDOR MARTÍNEZ
Directora del Departamento
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Reglamentaria
Número 004
(Febrero 3 de 2005)
“Por la cual se adiciona la Resolución Reglamen-
taria No. 023 de 2005 y se establece el
cronograma para la presentación de la informa-
ción contractual de la vigencia 2006 a cargo de
los sujetos de control ante la Contraloría de
Bogotá D.C.”.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales,
legales y reglamentarias, en especial las conferi-
das en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitu-
ción Política de Colombia, la Ley 42 de 1993, el
Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo 24 de
2001 y
CONSIDERANDO
Mediante Resolución Reglamentaria No. 023 del 17 de
junio de 2005, la Contraloría de Bogotá D.C., modificó
y reglamentó el Sistema de Información Contractual
de los sujetos de control de la Entidad y dispuso lo
necesario para la captura de la información de dicho
sistema, a fin que sea confiable, segura y eficiente
para el ejercicio del control fiscal.
La Resolución Reglamentaria No 032 del 22 de julio de
2005, modificó el cronograma para la presentación de
la información contractual ante la Contraloría de Bogo-
tá D.C., de que trata la Resolución Reglamentaria No
023 del 17 de junio de 2005 y determinó el correspon-
diente a los Fondos de Servicios Educativos.
Es necesario solicitar información sobre los Consor-
cios y Uniones Temporales, como complemento a la
información contractual que deben presentar todos los
sujetos de control de la Contraloría de Bogotá, D.C.
La Contraloría de Bogotá, D.C., debe fijar el cronograma
para la presentación de la información contractual co-
rrespondiente a la vigencia 2006 para todos los suje-
tos de control de la Contraloría.

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